Main logo

El SAT te enviará este oficio para que le pagues y esto debes hacer

Las notificaciones pueden llegar directamente a tu domicilio, vía telefónica o a tu correo electrónico

Escrito en DINERO el

En últimas fechas, muchos contribuyentes han recibido “oficios – invitación” por parte del SAT, puesto que la autoridad ha detectado comportamientos atípicos en sus declaraciones de impuestos. 

Cuando el SAT detecta alguna inconsistencia en la información que presentaste al darte de alta en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes), porque existen depósitos en efectivo en tu cuenta bancaría que no declaraste, cuando lo que declaraste no coincide con tus ingresos o porque te faltó realizar alguna de tus declaraciones provisionales o la anual.

Sin embargo, las cartas invitación que envía el SAT a los contribuyentes para que corrijan su situación fiscal, pasarán de tener un carácter persuasivo a ser el inicio de un acto de fiscalización, por lo que se convierten en ''el as bajo la manga'' del fisco para presionar a los pagadores de impuestos durante 2021.

A partir de este año las cartas invitación toman un carácter formal ante la eficacia que han mostrado en años pasados, lo que está en línea con la tendencia del SAT de apostarle a la automatización y fiscalización focalizada a través de sus bases de datos en las que detecta comportamientos atípicos.

De acuerdo con Mario Barrera, socio de la Práctica Fiscal de Thompson & Knight, la importancia de las cartas invitación es que pueden llevar a una restricción de sellos digitales u otros supuestos de cancelación de sello, pero el SAT "es un ''tiburón con muchos dientes" porque una cancelación de sellos ya no permite al contribuyente facturar y eso lo colocaría en una posición de alto riesgo.



¿Qué es una invitación?

Es un comunicado que emite el SAT con el fin de instar "cortésmente" a los contribuyentes a que hagan algo, de manera voluntaria, como comprobar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o aclarar información que la autoridad observe como atípica en el curso normal de sus operaciones como podría ser la diferencia entre los ingresos declarados y los depósitos recibidos por los contribuyentes en sus cuentas bancarias, o la diferencia entre deducciones y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que haya recibido el contribuyente o la no presentación de declaraciones, entre otros.

¿Por qué puede el SAT enviar invitaciones?

Todo acto de la autoridad tiene su fundamento en una norma jurídica y las invitaciones que envía el SAT tienen su fundamento jurídico en la fracción III del artículo 33 del Código Fiscal de la Federación para informar y asesorar a los contribuyentes acerca del exacto cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras y promover su incorporación voluntaria o actualización de sus datos en el registro federal de contribuyentes.

¿A qué te obliga una carta invitación?

Las cartas invitación señalan omisiones en el cumplimiento de alguna obligación, discrepancia entre la información declarada y la información digital que el SAT tiene del contribuyente; sin embargo, esta revisión interna y aclaración es optativa para el contribuyente, debido a que no corre ningún plazo para su cumplimiento y no puede ser sancionado con alguna multa por incumplimiento.

¿Qué objetivo persigue el SAT con las cartas invitación?

Que el contribuyente cumpla de manera espontánea, con las obligaciones fiscales señaladas en las leyes, y/o que aclare o entregue más información de las observaciones que haya detectado el SAT.

¿Por qué es conveniente que el contribuyente atienda la carta invitación?

El SAT cuenta con un cúmulo de datos que emiten y reciben cada uno de los contribuyentes sean personas físicas o morales, información que está en posibilidad de revisar de manera electrónica, como, por ejemplo, la relativa al cumplimiento a tiempo de las obligaciones, el cruce de información entre lo que declara cada contribuyente con los CFDI que el contribuyente emita, cancele o reciba, así como con los complementos de CFDI que la ley obliga.

Cada invitación del SAT al contribuyente trae aparejada, la oportunidad de autocorregirse, evitar multas o sanción que la autoridad en el ámbito de sus obligaciones pueda imponerle al contribuyente.

¿El SAT puede saber si el contribuyente hizo caso omiso o atendió la invitación? ¿qué puede hacer para apremiar al contribuyente para que cumpla?

El SAT sí puede saber si el contribuyente atendió o no la invitación, respecto de las observaciones que forman parte de la invitación.

Medidas de apremio

El SAT puede tomar otras medidas de apremio para obligar a los contribuyentes atender las observaciones que el SAT señale en la invitación, por ejemplo:

-Emisión de la opinión, negativa, del cumplimiento de obligaciones fiscales, en los términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Opinión que es necesaria, para realizar algunos trámites fiscales, obtener alguna autorización o para la obtención de subsidios o estímulos.

-La cancelación de Sellos Digitales, que trae como consecuencia inmediata, la imposibilidad de facturar y seguir operando de manera normal.

-Emitir requerimiento de documentación comprobatoria para subsanar el incumplimiento de las obligaciones que el SAT haya detectado.

-Realizar una revisión en el negocio del contribuyente para efectuar la revisión del cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales del contribuyente.