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Crédito conyugal: En caso de divorcio, ¿qué sucede con el préstamo?

Para solicitar un crédito conyugal, el principal requisito es que los solicitantes se encuentren casadas bajo el amparo de las leyes civiles mexicanas

Escrito en DINERO el

El Crédito Conyugal es una opción de financiamiento hipotecario implementada por el Fovissste para los derechohabientes casados. La modalidad permite que la pareja una el monto de sus créditos aunque una de las dos personas realice sus cotizaciones con el Infonavit. Se trata de un programa de financiamiento directo para la adquisición de una vivienda nueva o usada.

La diferencia entre obtener un crédito individual y uno conyugal es que, la pareja en matrimonio puede unir sus puntos y recibir un monto mayor. Con este crédito se puede comprar y adquirir una vivienda nueva o usada, así como ampliar o reparar.

Requisitos para acceder a este crédito

De acuerdo con el Infonavit, el principal requisito es que las personas solicitantes se encuentren casadas bajo el amparo de las leyes civiles mexicanas.

Además de este requisito fundamental, los demás son los mismos para la solicitud de cualquier crédito:

-Ser derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

-Tener una relación laboral vigente

-Contar con la puntuación mínima

Con este esquema, adquirirás tu vivienda en copropiedad. Es decir, la persona que elijas para ejercer el crédito y tú, adquirirán derecho de propiedad sobre la vivienda que compren bajo este esquema, por lo que ambos serán dueños del inmueble en la parte proporcional de participación de su crédito.

Por tanto, es una responsabilidad donde ambos cónyuges se comprometen a liquidar el crédito hipotecario en el periodo estimado. Sin embargo, en ocasiones la relación matrimonial no funciona y llega el divorcio, ante esta situación debes saber pasará con tu crédito conyugal.

El primer aspecto que se debe considerar es el régimen de matrimonio bajo el que la pareja formalizó su unión ante el Registro Civil:

-Sociedad conyugal-mancomunada

-Bienes separados

La primera modalidad asume que los dos integrantes del matrimonio comparten las propiedades en una proporción del 50% cada uno sin importar a nombre de quién estén las propiedades, en la segunda opción se respeta la titularidad individual de los bienes.

Cuando se realiza un divorcio, el crédito conyugal hipotecario no depende de la unión de la pareja ya que es un trámite individual donde ambas personas asumieron el compromiso hipotecario de liquidarlo sin importar la condición legal del matrimonio.

¿Qué hacer en ese caso?

Antes de realizar cualquier trámite ante Infonavit, los cónyuges deben de esperar la determinación del juez.

-Si el matrimonio está por bienes separados, cualquiera de los dos derechohabientes podrá decidir si se queda con la deuda crediticia en su defecto el juez puede designar a uno de los dos, el elegido asume el compromiso de liquidarla en su totalidad. Para ello deberán de tramitar la sustitución de deudor.

-La sustitución de deudor permite que uno de los acreditados “desaparezca” del compromiso de pago, se quita su nombre del contrato inicial del crédito y se queda un acreditado único que terminará de liquidar la cuenta; el Infonavit analizará la capacidad de liquidación del único beneficiado para actualizar la cifra de descuento vía nómina.

-Un requisito básico para elegir esta modalidad es que el crédito de Infonavit debe estar liquidado y solo debe existir la deuda del crédito bancario. La persona que quede fuera del contrato crediticio tiene que dar aviso a la institución para la vivienda para que sus aportaciones no se vayan al crédito conyugal y sean canalizadas a su cuenta de ahorro de la subcuenta de vivienda.

-Cuando ninguno de los dos cónyuges pueda hacerse responsable del crédito, la mejor opción es vender el inmueble donde ambos recibirán su parte de la venta y podrán cancelar su hipoteca, para ello, primero deben liquidar su crédito de Infonavit para vender el inmueble.

-Si el matrimonio está casado por bienes mancomunados ambos son responsables de la deuda crediticia por lo que tendrán que seguir pagando su cuenta hasta liquidarla, la vivienda será compartida por ser dueños en relación 50% - 50%.

-En caso dado que la pareja decida vender, ocurre la misma situación en un matrimonio con bienes separados, la diferencia es que por ley les corresponde la mitad de las ganancias y deberán continuar con el pago del crédito bancario.

-Si uno de los dos no quiere seguir pagando el crédito, deberán solicitar la intervención de un juez para que designe a un acreditado único para tramitar la sustitución de deudor y notificar al Infonavit de la decisión de la pareja para actualizar los contratos.

-Una posibilidad que las parejas separadas pueden realizar es la de rentar la vivienda, pero antes de hacerlo deberán notificar al área hipotecaria y evitar la causal de terminación de contrato anticipado en tu hipoteca.

 

 

 

 

 

 

 

cj