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¿Cobras por honorarios? Conoce las nuevas reglas para hacerlo

El objetivo es que las personas que contraten servicios profesionales tengan plena certeza de que quien los presta está debidamente facultado y capacitado

Escrito en DINERO el

Las personas contratadas por honorarios, con el fin de poder cobrar por sus servicios, necesitan presentar una cédula profesional o la documentación con la que acredite que es un profesional en el ramo en el que se desempeña y genera ingresos, de acuerdo con las nuevas reglas dispuestas por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En caso de no contar con una cédula profesional, se puede presentar algún documento que compruebe que en algún momento se expidió dicho documento a su nombre, detalla la Sala presidida por la ministra Margarita Ríos Farjat.

Información del portal Capital Humano destaca que la disposición es una tesis en materia civil referente a la abogacía, no obstante, brinda orientación jurídica a todo aquel que juzgue o litigue un caso relacionado a un trabajador por honorarios. 

El Poder Judicial Federal, conviene recordar, emitió el 5 de abril del 2019 una jurisprudencia respecto del pago de honorarios, que debe tomarse como criterio obligatorio al momento de emitir una sentencia.

La jurisprudencia 1a./J. 15/2019 establece que para recibir pago por servicios por honorarios se debe exhibir la cédula para ejercer la profesión de abogacía, derivada de un caso registrado en el estado de Aguascalientes.

El mandato de la Corte se utilizó en un caso ocurrido en el estado de Baja California, pero se señaló que dicho instrumento “no precisa en qué momento debe acreditarse fehacientemente que tiene la calidad de profesionista”, por lo que se determinó que la cédula profesional debe ser presentarse al prestar los servicios profesionales.

Para ejercer la profesión de Licenciado en Derecho se debe contar con título profesional registrado y cédula con efectos de patente legalmente expedida por el Registro Profesional Estatal, se enfatizó.

El objetivo es que las personas que contraten servicios profesionales tengan “plena certeza de que quien se los presta está debidamente facultado y capacitado para hacerlo”.