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¿A qué están obligados empleadores y empleados para frenar estrés laboral?

Nueva norma tiene como objetivo establecer las medidas para identificar y prevenir los factores de riesgo psicosociales

Escrito en DINERO el

La Norma Oficial Mexicana (NOM)-035-STPS-2018, denominada “Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención”, entrará en vigor el próximo 23 de octubre y contiene más disposiciones que la de prevenir el estrés en los trabajadores.

Tiene como objetivo establecer las medidas para identificar y prevenir los factores de riesgo psicosociales, así como dar pautas para promover un entorno de trabajo favorable.

Para dar curso al objetivo de la norma, se detallaron obligaciones para empresas y trabajadores.

 

EMPRESAS

 

La firma Galicia Abogados, citada por El Financiero, las compañías, sin importar el número de empleados que tengan, están obligadas a:

1.- Implementar una política de prevención de riesgos psicosociales.

2.- Identificar a los trabajadores que hayan presenciado acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo, y canalizarlos para su atención médica.

3.- Realizar actividades de difusión y prevención en la empresa.

 

Para las empresas que tengan entre 15 y 50 trabajadores, las obligaciones entran en vigor el 23 de octubre de 2020 y son:

1.- Cada dos años, se deben identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial de la empresa.

2.- Adoptar medidas para prevenir y controlar factores de riesgo psicosocial.

3.- Promover un entorno organizacional favorable y, al mismo tiempo, evitar acciones que fomenten violencia laboral.

4.- Realizar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a trabajadores expuestos a violencia laboral o a factores de riesgo psicosocial.

Esta medida se tomará cuando haya signos o síntomas que denoten alteración a la salud, cuando se presenten quejas por violencia laboral o al ubicarlos dentro de la identificación y análisis de factores de riesgos psicosocial.

5.- Tener un registro de resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial.

 

Empresas con más de 50 trabajadores

Realizar la evaluación del entorno favorable de la organización con estos factores:

1. El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa.

2. La formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas.

3. La definición precisa de responsabilidades para los trabajadores.

4. La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y los trabajadores.

5. La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares.

6. La evaluación y el reconocimiento del desempeño de los trabajadores.

 

TRABAJADORES

 

Se detalla que los empleados deben tener en cuenta las medidas de prevención de la norma y las adicionales de su centro de trabajo, para que puedan colaborar a un entorno organizacional favorable y a prevenir actos de violencia laboral.

También deben evitar prácticas contrarias al entorno favorable de la empresa y tienen prohibidos los actos de violencia laboral.

Participarán en la identificación de los factores de riesgo psicosocial y en la evaluación del entorno organizacional.

Deben denunciar actos de violencia laboral ante el jefe o una comisión de seguridad e higiene.

Ser parte de eventos de información de la empresa, así como someterse a evaluaciones médicas y exámenes psicológicos.

 

lrc