Desde el momento en que te das de alta ante el SAT, adquieres el papel de contribuyente activo, por lo que debes cumplir con una serie de obligaciones según el régimen en el que te encuentres, siendo las personas morales (empresarias) o las personas físicas (como empleados o prestadores de servicios profesionales).
Ten presente que existen dos tipos de deudas que puedes tener ante el SAT: adeudos federales y adeudos local. En el caso de los primeros, en caso de que no realices los pagos de impuestos como ISR (Impuesto Sobre la Renta), el IVA (Impuesto al Valor Agregado), y otros existentes en materia aduanera. Mientras que, los adeudos locales, se refiere al incumplimiento del pago de tenencia, predial o impuestos de nómina.
Si tienes créditos fiscales que tienes pendientes y piensas no pagarlos, te recomendamos reconsiderarlo dos veces, ya que esto puede traerte serias consecuencias.
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El problema de deberle al fisco es que, el SAT reportará la información de tus adeudos fiscales ante el Buró de Crédito y Círculo de Crédito, lo que te generará un mal historial crediticio y reducirá la posibilidad de que adquieras algún crédito financiero.
- El fisco podrá bloquear tus cuentas bancarias y de inversión.
- Comenzará un Procedimiento Administrativo de Ejecución en tu contra con el que podrán embargar tus pertenencias.
- En caso de que seas emprendedor, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que generes serán cancelados, por lo que ya no podrás facturar ni cobrar por tus servicios.
- Si tienes devoluciones de impuestos pendientes, la autoridad podrá tomar dichos recursos para saldar tus créditos fiscales.
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El SAT le irá con el "chisme" al Buró de Crédito
El SAT sí puede generar una alerta en el Buró de Crédito cuando un contribuyente tiene adeudos fiscales. Esto significa que si tienes deudas pendientes con el SAT, puede ser reportado a Buró de Crédito, lo que puede afectar tu historial crediticio.
El proceso de alerta en el Buró de Crédito por parte del SAT:
- Notificación al contribuyente:
- Antes de reportar al Buró de Crédito, el SAT suele notificar al contribuyente mediante el Buzón Tributario y correo electrónico sobre el adeudo fiscal.
- Oportunidad de aclaración: Se le brinda al contribuyente la oportunidad de regularizar su situación fiscal o aclarar la morosidad.
- Reporte al Buró de Crédito: Si el adeudo no se paga ni se resuelve, el SAT puede reportarlo al Buró de Crédito.
¿Qué significa esta alerta en el Buró de Crédito?
Las instituciones financieras pueden tener en cuenta esta información al momento de evaluar tu solicitud de crédito.
- Puede dificultar la obtención de créditos o líneas de financiamiento.
- Puede afectar negativamente tu calificación crediticia.
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