TARJETA DE CRÉDTO

¿Puedo ir a la cárcel si no pago mi tarjeta de crédito?

La mayor preocupación de las personas cuando no pagan su tarjeta de crédito es que los “metan al buró de crédito”

Entre las preocupaciones de las personas cuando no pagan su tarjeta de crédito es que los “metan al buró de crédito” o a la cárcel
Entre las preocupaciones de las personas cuando no pagan su tarjeta de crédito es que los “metan al buró de crédito” o a la cárcel
Escrito en DINERO el

Todas las personas que han solicitado y obtenido una tarjeta de crédito automáticamente aparecen en el Buró de Crédito como una suerte de historial. A pesar de ello, la mayor preocupación de las personas cuando no pagan su tarjeta de crédito es que los “metan al buró de crédito” o a la cárcel, y es que, cuando una persona deja de pagar su tarjeta de crédito de BBVA o cualquier otra institución financiera, algunos despachos de cobranza “amenazan” con meterlos al Buró de crédito.

Sin embargo, esta amenaza es un poco seria, porque al tener una tarjeta de crédito, ya estás en el Buró de Crédito y si dejaste de pagar, tienes un mal reporte y no hay nadie que lo pueda manipular, ni para bien, ni para mal. Entonces, si dejas de pagar tu tarjeta de crédito lo que pasará es que tendrás un mal reporte, lo que provocará que tu calificación baje, y probablemente ninguna entidad financiera te otorgue créditos, en caso contrario, será un crédito con una tasa de interés muy alta que te complicará mucho la vida.

El reporte por mal historial crediticio se conserva por seis años, así que estarás excluido de mejores créditos por un tiempo largo. Mientras tanto, debes estar consciente que los despachos de cobranza iniciarán una labor que en muchas ocasiones cae en lo violento.

De acuerdo con Bancompara, serás acosado. Desde los primeros días en que el banco detecte que realizaste el pago correspondiente a la tarjeta de crédito, empezara a llamarte solicitando el pago, y esas llamadas irán aumentando, incluso le llamarán a las personas que dejaste como referencias. Pasado el tiempo, cuando el banco haya aceptado el quebranto de la cuenta, es decir, después de 120 días de no recibir ningún pago, éste tiene derecho a vender la deuda a un despacho de cobranza.

Los despachos de cobranza, se caracterizan por realizar cobros que están al límite de la ley. Por ejemplo, cobros con amenazas, ofensas o intimidaciones al deudor, familiares, incluso compañeros de trabajo o cualquier otra persona que tenga el infortunio de contestar el teléfono al que llaman. También, suelen enviar documentos que aparentan ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad, con la finalidad de amedrentar y obtener algún pago.

Embargos extrajudiciales. Otra estrategia que usan los despachos de cobranza es dejar oficios pegados en las puertas del deudor, con una leyenda grande y a veces en rojo que dice “Embargo extrajudicial”. Recibir este tipo de avisos es muy humillante y estresante, pero para fortuna del deudor, en la mayoría de los contratos de tarjetas de crédito no queda estipulado como garantía algún bien mueble o inmueble a falta de pago y por tanto no podrán embargar. 

¿El banco me puede demandar?

El banco puede demandar al deudor a partir del tercer mes en el que dejó de pagar, pero para eso tendría que pagar abogados y todos los gastos que conlleve un proceso judicial. Los costos que esto le originaría al banco probablemente serían más altos que la misma deuda. Por esa razón la mayoría de los bancos prefieren no demandar al deudor y vender la deuda a los despachos de cobranza.

¿Te pueden meter a la cárcel por no pagar la tarjeta de crédito?

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dice en el último párrafo del artículo 17 que las deudas de carácter civil, como las que se contraen con tarjetas de crédito, créditos personales, hipotecarios, entre otros, no se podrán sancionar con pena de cárcel. “Nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil.”

Por lo que si un despacho de cobranza amenaza con meter a la cárcel al deudor, está mintiendo, pues las deudas son sujetas a demandas de tipo civil o mercantil, no a una demanda penal.

¿En qué situación sí puedo ir a la cárcel por no pagar una tarjeta de crédito?

Este tipo de deudas no son sujetas a una demanda de tipo penal y por tanto el deudor no pagará con cárcel. Pero si la deuda está ligada a otro tipo de delitos, por ejemplo, el delito patrimonial, es decir, cuando hay dolo o culpa del deudor, entre otros elementos, las cosas pueden cambiar. El delito de fraude se castigará con las penas siguientes:

  • Con prisión de 3 días a 6 meses o multa de 30 a 180 días multa, cuando el valor de lo defraudado no exceda de diez veces el salario;
  • Con prisión de 6 meses a 3 años y multa de 10 a 100 veces el salario, cuando el valor de lo defraudado excediera de 10, pero no de 500 veces el salario;
  • Con prisión de tres a doce años y multa hasta de ciento veinte veces el salario, si el valor de lo defraudado fuere mayor de quinientas veces el salario.”