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¿Pagas menos impuestos de los que deberías? Así puedes evitar problemas con el SAT

Si estás cometiendo discrepancia fiscal debes saber que esa práctica representará tarde o temprano un gran golpe a tu bolsillo

La discrepancia fiscal es una de las prácticas que más persigue el SAT.
La discrepancia fiscal es una de las prácticas que más persigue el SAT.Créditos: Especial
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Tal vez el término discrepancia fiscal nunca lo habías escuchado, sin embargo, es muy probable que su significado lo estés llevando a tu vida diaria sin que te dieras cuenta.

La discrepancia fiscal es una de las prácticas que más persigue el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que significa que estás pagando menos impuestos de los que deberías.

El SAT define la discrepancia fiscal como la comprobación de que el monto de tus erogaciones (salidas de dinero) en un año son superiores a los ingresos declarados, o bien, a los que te hubiere correspondido declarar.

Se considerarán erogaciones los gastos efectuados por cualquier persona física, como compras, adquisiciones de bienes y depósitos en cuentas bancarias, así como inversiones financieras o tarjetas de crédito.

Para que quede más claro, por ejemplo, si en un año gastaste un total de 50 mil pesos, pero sólo declaraste ingresos por 40 mil pesos al SAT.

¿CÓMO ACTÚA EL SAT ANTE UNA DISCREPANCIA FISCAL?

Las personas físicas podrán ser objeto de un procedimiento de discrepancia fiscal cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año de calendario es superior a los ingresos declarados por el contribuyente.

El procedimiento es el siguiente:

  • Notificaran al contribuyente, el monto de las erogaciones detectadas, la información que se utilizó para conocerlas, el medio por el cual se obtuvo y la discrepancia resultante.
  • Notificado el oficio, el contribuyente contará con un plazo de 20 días para informar por escrito a las autoridades fiscales, contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación, del origen o fuente de procedencia de los recursos con que efectuó las erogaciones detectadas y ofrecerá, en su caso, las pruebas que estime idóneas para acreditar que los recursos no constituyen ingresos gravados.
  • Las autoridades fiscales podrán, por una sola vez, requerir información o documentación adicional al contribuyente, la que deberá proporcionar en el término previsto en el artículo 53 del Código Fiscal de la Federación.
  • Acreditada la discrepancia, ésta se presumirá ingreso gravado y se formulará la liquidación respectiva, considerándose como ingresos omitidos el monto de las erogaciones no aclaradas y aplicándose una tarifa/multa.

¿CÓMO EVITAR LA DISCREPANCIA FISCAL?

De acuerdo con la empresa de capacitación empresarial COFIDE, al tratarse de un problema de desbalance entre los gastos y los ingresos que percibes, la mejor manera de evitar una discrepancia fiscal es tratar de ser lo más claro y transparentes con todo lo que tenga que ver con cuentas financieras.

Asimismo, contar con una excelente contabilidad que contenga un registro completo y minucioso de tus gastos e ingresos durante el año fiscal.