IMPUESTOS

3 razones para meterte en problemas con el SAT

El SAT puede imponer multas, cobrar recargos e incluso embargar tus cuentas bancarias o propiedades

Escrito en DINERO el

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe realizar múltiples tareas. Una muy importante es que los agentes económicos contribuyan al gasto público de manera proporcional y equitativa a través de la aplicación de la legislación fiscal.

El uso de efectivo se ha convertido en un medio de evasión debido a las características propias de las transacción que usan éste, sobresaliendo el hecho de que es difícil identificar su origen ya que su tránsito es libre y anónimo. Las transacciones de bienes y servicios que se liquidan mediante el uso de efectivo gozan de anonimato, y al no ser rastreables o de fácil identificación, representan
un incentivo para evitar el pago de los impuestos que les correspondería.

La Ley del Impuesto por Depósitos en Efectivo (LIDE) se creó en 2008 para disminuir la evasión fiscal mediante el uso de efectivo,
gravando los depósitos que se realicen bajo esta forma tanto de personas físicas contribuyentes y no contribuyentes así como de
personas morales.

Sin embargo, dicha se abrogó a partir del 1 de enero de 2014; ésta establecía que las personas físicas y morales que recibieran depósitos en efectivo que excedieran de $15,000 en el mes, estaban obligadas a pagar el impuesto a los depósitos en efectivo, aplicando la tasa del 3% al importe que excediera de esa cantidad; sin embargo la Ley de referencia estuvo vigente del 01 de julio de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2013 por lo que ya NO es obligatoria.

La normatividad posterior estableció:

En el artículo 55, fracción IV  de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente para 2021, establece la obligación para las instituciones que componen el sistema financiero, a informar al SAT, anualmente,  a más tardar el 15 de febrero, los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes, cuando el monto mensual acumulado por los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución exceda de $15,000.00, así como  de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.

A pesar de ello, en diciembre del año pasado, el SAT dio a conocer que cuando los contribuyentes estén en proceso de revisión, los bancos estarán obligados a informarle de manera mensual los ingresos en efectivo para una fiscalización más exacta que coadyuve en las auditorías que se estén llevando a cabo. Para ello, los bancos deben informar al SAT antes del día 17 de cada mes. Con esta modificación se busca agilizar y eficientar las auditorías y por tanto combatir de forma más expedita la evasión fiscal.

Lo que no le gusta al SAT

  1. Que pagues tu tarjeta en efectivo
  2. Que deposites efectivo en tus cuentas y no lo declares
  3. Que gastes más de los que declaras de ingresos

¿Qué es la discrepancia fiscal?

La discrepancia fiscal ocurre cuando las autoridades fiscales comprueban que las erogaciones de una persona (lo que gasta) en un año calendario son superiores que los ingresos declarados.

Aunque esa situación puede verse como algo bueno porque el poder adquisitivo ha crecido, para Hacienda es una señal de alarma pues significa que la persona está pagando un Impuesto Sobre la Renta (ISR) menor al que debería.

Para determinar las erogaciones de una persona física se toman en cuenta todos sus gastos, desde compras, depósitos en cuentas bancarias, inversiones o compras en tarjetas de crédito. También se toman en cuenta otros ingresos como donativos, premios y préstamos personales que superen los 600 mil pesos.