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SAT busca vigilar con teléfonos y grabadoras a los contribuyentes

El gobierno propone que se pueda hacer uso de herramientas tecnológicas para recabar información que sirva de constancia de los hechos detectados por el fisco

Escrito en DINERO el

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría utilizar tecnología como cámaras, grabadoras y celulares para recabar información sobre los contribuyentes durante las visitas domiciliarias en 2021.

El gobierno propone que se pueda hacer uso de herramientas como cámaras fotográficas y de video, grabadoras, teléfonos celulares u otros para recabar información que sirva de constancia de los hechos detectados por el fisco.

Esto de acuerdo con lo propuesto en la Miscelánea Fiscal para el 2021 donde se plantea que al considerar que la “tecnología es una parte fundamental para el mejor ejercicio de las atribuciones concedidas a la autoridad fiscal”.

Por lo que busca reformar el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

ARTÍCULO 45

El artículo 45 del Código Fiscal de la Federación (CFF) habla sobre las visitas del personal del SAT al domicilio fiscal del contribuyente.

Asimismo, este artículo señala que los contribuyentes están obligados a permitir el acceso a su domicilio, mantener a la disposición del fisco la contabilidad y demás papeles que acrediten el cumplimiento de las disposiciones fiscales, de los cuales se podrán sacar copias para cotejar la información.

También permite la verificación de bienes y mercancías, así como de los documentos, estados de cuentas bancarias, discos, cintas o cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos que tenga el contribuyente en los lugares visitados.

Ahora, con la modificación propuesta, las autoridades fiscales podrán hacer uso de las herramientas tecnológicas para recabar imágenes o material que sirva como constancia de los bienes y activos que existen en el domicilio fiscal.

El personal del SAT que obtenga la información estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y los datos suministrados por el contribuyente o terceros, así como la información obtenida en la visita domiciliaria.

OTRAS MODIFICACIONES

La Miscelánea Fiscal también plantea una serie de cambios enfocados en las plataformas digitales, las cuales a partir de junio de este año empezaron a cobrar el IVA en las transacciones que se generan dentro de ellas, así como el ISR de quienes obtienen ingresos al prestar sus servicios a través de éstas.

La SHCP busca eliminar la excepción de IVA que había en aquellos productos que se venden en plataformas como Mercado Libre, Amazon y similares que son usados. De acuerdo con las disposiciones actuales, los productos usados que se vendan a través de estas plataformas no causarían IVA.

Por otro lado, en caso de que plataformas como Uber, DiDi, Amazon, Netflix, Airbnb y similares no cumplan con las disposiciones fiscales establecidas, se llevaría a cabo un bloqueo de acceso a Internet de sus servicios.

(MJP)