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Las 10 claves para entender la nueva Ley General de Transparencia

Se crea un nuevo órgano garante de la transparencia y el acceso a la información pública, con autonomía constitucional.

Escrito en CONGRESO el

1.QUE IMPLICA UNA LEY DE TRANSPARENCIA.Se trata de que en el nuevo ordenamiento constitucional, todos los organismos e instituciones que reciben fondos públicos, o que realizan algún acto de autoridad sean sujetos obligados a transparentar el ejercicio de esos recursos.

2. SE AMPLÍA UNIVERSO DE SUJETOS OBLIGADOS A INFORMAR. Los partidos políticos y sindicatos que reciban recursos públicos, al igual que los órganos autónomos y fideicomisos, serán sujetos obligados en materia de transparencia. Con la reforma se amplía el universo de sujetos obligados, al incluir a nuevas personas físicas y morales, entidades, organismos y dependencias que reciban recursos públicos, al igual que los órganos autónomos, fideicomisos y fondos públicos.

3. AUTONOMÍA CONSTITUCIONAL AL IFAI. Se crea un nuevo órgano garante de la transparencia y el acceso a la información pública, con autonomía constitucional y cuyas determinaciones serán definitivas e inatacables, salvo en casos que pongan en riesgo la Seguridad Nacional. Además, la reforma sienta las bases para crear organismos locales autónomos, garantes del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales, en las 32 entidades federativas.

4. NUEVAS FACULTADES. Interponer acciones de inconstitucionalidad contra leyes mexicanas o tratados internacionales, que vulneren el derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales. Revisar las determinaciones que emitan los organismos locales, a fin de homologar criterios de transparencia en los tres órdenes de gobierno. Ejercer un procedimiento de atracción para conocer los recursos de revisión en el ámbito local que, por interés o trascendencia pública. Así como estandarizar los procesos de seguimiento y archivo de información de los sujetos obligados, a fin de mejorar el cumplimiento de las resoluciones.

5. CÓMO SE PROCESA LA LEY.  Corresponde al Senado de la República proponer e iniciar el proceso de selección de los Comisionados del nuevo organismo garante. Asimismo, el Congreso de la Unión expedirá las leyes generales reglamentarias que permitan consolidar esta nueva etapa de transparencia y rendición de cuentas en México. Posteriormente, tendrán que armonizarse las legislaciones locales, a partir de la normatividad que aprueben los senadores y diputados federales.

6. ANTECEDENTES DESDE EL 2002. Fueron  emitidas distintas leyes a nivel federal y estatal que, teniendo como base constitucional el Art´ículo 6o, regularon el derecho de toda persona para acceder a la informacio´n que se encontrara en poder del Estado mexicano, es decir, el derecho de acceso a la informacio´n pu´blica, representando con ello uno de los cambios institucionales de mayor importancia y trascendencia en la vida democra´tica durante los u´ltimos an~os en el pai´s.

No obstante los beneficios que esto produjo, lo cierto es que las legislaciones locales sobre la materia resultaron heteroge´neas y desiguales entre si´, lo que ocasiono´ que el derecho de acceso a la informacio´n fuese protegido asincro´nicamente, dependiendo de la entidad federativa en que se realizara la solicitud de acceso a informacio´n.

7. SE. INTEGRARÁ EL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA. El Sistema Nacional de Transparencia estará integrado por el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información; los organismos garantes de las entidades federativas; la Auditoría Superior de la Federación; el Archivo General de la Nación; y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. El IFAI resolverá de  oficio o a petición de los organismos garantes de las entidades federativas, los recursos de revisión que por su interés o trascendencia así lo ameriten.

8.  LOS OBJETIVOS DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA. Se establecen 50 obligaciones de transparencia comunes para todos los sujetos obligados, a fin de que sean contempladas en la ley federal y en las leyes de las entidades federativas. Además regula  los medios de impugnación, la organización, funcionamiento y coordinación del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

9. SANCIONES A QUIEN NO CUMPLA. La ley contempla que los sujetos obligados a transparentar sus cuentas se harán acreedores a sanciones si no cumplen los términos de la ley.  La norma marca 15 causas de sanción, entre ellas, no responder a solicitudes de información en los plazos señalados, ocultar, alterar, mutilar o destruir sin causa la información que tengan bajo su custodia los sujetos obligados. Las multas van de los 250 a los  mil 500 días de salario mínimo.

10. PROMULGACIÓN. El  4 de mayo de 2015 el presidente de la República promulgó la nueva Ley de Transparencia.