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Comisión de la Verdad por Ayotzinapa: 7 claves para entender el caso

Un tribunal federal ordenó la creación de una Comisión de la Verdad, al concluir que la investigación no fue pronta, efectiva, independiente ni imparcial

Escrito en NACIÓN el

Este lunes un tribunal federal recomendó la creación de una Comisión de la Verdad para el caso de la desaparición de estudiantes de Ayotzinapa ocurrida en Iguala, Guerrero, en septiembre de 2014. Estas comisiones suelen instalarse en momentos emblemáticos de conflictos que laceraron profundamente un país.

Al amparar a los demandantes del Caso Ayotozinapa, el tribunal destacó que hay indicios de que las confesiones  de los principales sospechosos fueron obtenidas bajo tortura. Así como que la investigación incumplió jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y Protocolos de la Organización de Naciones Unidas.

Se establece reponer el procedimiento a María de los Ángeles Pineda Villa; Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo; Salvador Reza Jacobo, El Wereke; Gildardo López Astudillo, El Gil, y Miguel Ángel Landa Bahena, El Chequel.

En LA SILLA ROTA enumeramos algunas claves para entender la relevancia del caso.

1. En México, el antecedente es la Comisión de la Verdad ocurrió en Guerreo para investigar los asesinatos y torturas durante los mandatos presidenciales de Gustavo Díaz Ordaz, Luis Echeverría y José López Portillo en la denominada Guerra Sucia de los 70. El informe final fue presentado en 2015 y reveló la participación del estado en violación a derechos humanos, represión y asesinato de líderes sociales.

2. En el caso de Ayotzinapa, fue el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito el que ordenó reponer el procedimiento del caso Ayotzinapa y crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia.

3. El tribunal determinó que los detenidos por el caso Ayotzinapa fueron torturados por lo que solicitó a la Federación presentar dictámenes elaborados por peritos independientes, según el Protocolo de Estambul

4. Esta comisión se integrará por los representantes de las víctimas, Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Ministerio Público de la Federación.

5. En la marcha se podrá evaluar la incorporación de más organizaciones incluso internacionales, relacionadas a la defensa de derechos humanos, para participar en la comisión.

6. La comisión, determinaron los magistrados, deberá cumplir con el derecho fundamental de acceso a la justicia de las víctimas previsto en el artículo 17 de la Constitución mexicana.

7. En los próximos días deberá determinarse cómo funcionará la comisión y de qué manera supervisará una nueva investigación sobre el paradero de los 43 estudiantes desaparecidos de la Normal Rural de Ayotzinapa.

AJ