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La Corte pone 85 casos "de alta relevancia" en la cuerda floja

Casos como el de Andrés Granier y su hijo, además de coacusados de Javier Duarte, son amenazados de ser echados abajo por un criterio dictado por la SCJN

Escrito en NACIÓN el

Ochenta y cinco casos “de alta relevancia”, por delitos fiscales y financieros, entre los que se encuentran los casos de ex gobernadores como Andrés Granier, de Tabasco, y su hijo, y algunos coacusados de Javier Duarte, de Veracruz, son amenazados de ser echados abajo por la Corte, informó este martes Reforma.

De acuerdo con la nota, son más de 2 mil los juicios e investigaciones, cuyos daños han sido cifrados en más de 44 mil millones de pesos, que la Primera Sala de la Corte ha puesto en la cuerda floja debido a un criterio dictado en noviembre pasado.

La Corte declaró inconstitucional un artículo de la Ley de Instituciones de Crédito que faculta a procuradurías a acceder, sin necesidad de una orden judicial a información bancaria de personas bajo investigación.

Se trata del artículo 142 de dicha ley, la cual establece excepciones al secreto bancario para brindar facilidades a las indagatorias penales y administrativas, como en caso de corrupción.

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El Instituto Nacional Electoral, la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública y la Tesorería de la Federación están facultados para obtener información bancaria sin una orden judicial durante sus investigaciones.

El INE, sin embargo, también está previsto en la Constitución. En cambio, el SAT, que no es regulado por el artículo, accede a información bancaria de contribuyentes.

Sin embargo, desde noviembre, jueces penales aplicaron retroactivamente otro criterio donde se establece que el secreto bancario es parte del derecho humano a la vida privada y sólo se puede acceder por orden de un juez.

En noviembre, la Corte falló contra esta facultad para el caso de procuradurías locales; ahora deben tener una autorización judicial para investigar.

La permisión otorgada por el precepto impugnado (artículo 142) a la PGR es inconstitucional, pues la información bancaria no forma parte de la extensión de facultades de irrupción en la vida privada previstas en el artículo 16 de la Constitución ni tampoco se encuentra otorgada como parte de la facultad de investigación de delitos contenida en el artículo 21 de la misma Ley Fundamental", dice el proyecto.

(Con información de Reforma)

cmo

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