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Alfredo, el "niño bien" que se convirtió en sicario

Con 17 años, el joven fue arrestado en Obregón, Sonora tras el homicidio de dos personas en un lavado de autos

Escrito en ESTADOS el

No podía faltarle nada. Es parte de una familia de estatus social medio en Obregón, Sonora y estudiaba en una escuela privada, pero se convirtió sicario.

Alfredo “N”, de 17 años, fue detenido el fin de semana pasado acusado de asesinar a dos personas (padre e hijo) en un lavado de autos.

Los estudios psicológicos practicados por  la Fiscalía Especializada en Procuración de Justicia para Adolescentes y Corrupción de Menores revelan que el joven tiene un perfil inteligente y calculador, que va más allá de un simple sicario.

Se establece que la formación de Alfredo, lo mismo académica que personal, es distinta a un delincuente cualquiera que se inicia robando estéreos de automóviles, asaltando o robando.

Es un muchacho “de familia”, que terminó su educación preparatoria y ahora estudiaba en una escuela privada, por lo que no tenía muchas necesidades ni tampoco es un sicario común.

A Alfredo se le vincula a al menos cinco homicidios, junto con Jorge Eduardo y Brígido Manuel, de 33 y 45 años de edad, respectivamente.

Los tres fueron detenidos por elementos de la Fiscalía General del Estado luego de dar muerte a padre e hijo en un lavado de autos, y se les aseguró un automóvil sedán de modelo reciente, un arma corta y un fusil AK 47, de los conocidos como “Cuerno de Chivo”.


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DETECTAR LA SICOPATÍA


Independientemente de su religión, edad, sexo y estrato socioeconómico, un menor puede tener rasgos de sicopatía, porque incluso se puede tener una historia de vida increíblemente sana y funcional, con todos los factores de protección y oportunidades de vida, pero al cruzar esa la línea, no existen casos donde se pueda regresar, dijo el sicólogo Leonardo Aguirre.

Un joven de 17 años ya puede presentar rasgos serios y complejos, aunque puedan aparentar ser personas funcionales, dijo.

"Destaca la deshumanización, que es algo que marca mucho la sicopatía, porque ellos tienen la dificultad para interpretar o sentir ciertas emociones; para ellos, la otra persona no es una persona, no es un ser vivo, sino un objeto, donde si lo privan de su vida, no les causa conflicto", explicó.

Cuando se noten rasgos como aislamiento, indiferencia y pensamiento alterado en niveles disfuncionales, así como consumo de drogas y delitos como robar o maltratar animales o personas, son indicadores para buscar ayuda y comunicación con la persona.

"Siempre hay algo que se puede hacer, se le puede brindar una ayuda para que no vayan a cruzar la línea que los va alejando de esta conexión humana, porque llega un punto donde un sociópata o un sicópata pueden deshumanizarse al grado de creer que están haciendo un trabajo, un rol interpretado y no una vida", dijo.


LO JUZGARÁN COMO MENOR


Una pena máxima de hasta 5 años podría alcanzar el joven de 17 años de edad que fue vinculado con el doble homicidio registrado el pasado 12 de enero en Ciudad Obregón, y no cabría la posibilidad de juzgarlo como a un adulto, dijo el fiscal general del Estado de Sonora.

Rodolfo Montes de Oca Mena explicó que la Fiscalía General de Justicia en el Estado (FGJE) se rige estrictamente por la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, la cual establece en su Artículo 145 que un menor de edad que comete el delito de homicidio calificado, la duración máxima de internamiento podrá ser de hasta 5 años.

Resaltó que no es posible que se le juzgue como a una persona adulta, aún cuando estuviera a cumplir los 18 años de edad, debido al Artículo 6 de dicha ley, la cual señala que:

"A las personas mayores de 18 años de edad a quienes se les atribuya la comisión o participación en un hecho señalado como delito en las leyes penales mientras eran adolescentesse les aplicará esta Ley.

"Asimismo, se aplicará en lo conducente a las personas que se encuentren en proceso o cumpliendo una medida de sanción y cumplan 18 años de edad", refirió.

Montes de Oca Mena resaltó que aunque en el menor hubiese cometido varios delitos, el Artículo 147 de la Ley señala que la medida de sanción privativa de la libertad correspondiente por el delito que contempla la punibilidad más alta, y en este caso es de 5 años.

"Por lo tanto, no se acumulan las penas, en el entendido que la medida de sanción privativa de libertad impuesta a la persona adolescente no podrá exceder del límite máximo que esta Ley establece", apuntó.

Con información de El Imparcial y Opinión Sonora