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Alcaldías aún no expiden actas para personas que cambiaron de género

La activista María Karen Quintero refirió que buscarán a través del Congreso de Hidalgo que los ayuntamientos expidan los documentos

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- A un año de la publicación de las reformas a la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo, para que las personas que cambiaron su género puedan obtener el acta de nacimiento correspondiente, aún falta que el trámite pueda realizarse en los municipios, pues por ahora sólo es facultad del gobierno estatal, señaló la presidenta de Transgénero Hidalgo A. C., María Karen Quintero Jiménez.

En al menos dos legislaturas pasadas el colectivo trans buscó que los diputados subieran a tribuna la iniciativa, sin éxito; sin embargo, el año pasado el PRD y la fracción de Morena presentaron cada una propuesta. El dictamen final fue avalado por 29 legisladores presentes y publicada el 15 de mayo de 2019.

En el marco del Día Nacional de la Lucha contra la Homofobia y la Transfobia, Quintero Jiménez señaló que una vez terminada la contingencia la organización realizará trabajo de cabildeo en el parlamento local para que este derecho se pueda ejercer en los ayuntamientos, ya que los ciudadanos y ciudadanas de zonas alejadas deben acudir a Pachuca para el trámite, lo que representa un gasto.

“El logro es tener el acceso a su nombre, que solo aplica en el estado, no pueden venir de otros lugares a hacer la rectificación. Nosotros hicimos un evento donde 10 mujeres trans recibieron el documento (…) Lo que queremos es la no discriminación laboral, en este día pediremos aunque sea por redes, el acceso al trabajo, que vean que mujeres y hombres trans pueden aportar a una empresa privada o incluso a una oficina de gobierno”.

Dijo no contar con el censo del número total de recepciones y solicitudes porque la agrupación pretende que cada persona interesada se acerque al Registro del Estado Familiar por su cuenta, además de que en otros estados se suscitaron situaciones en las que las organizaciones cobran por el procedimiento.

“Luego se malinterpreta y nosotros no queremos entrar en ese debate, por eso se le dice a los chicos o compañeras que nos preguntan desde Facebook que hagan su trámite como cualquiera y van a ser respetados y será respetada su identidad”.

¿EN QUÉ CONSISTE EL TRÁMITE?

La identidad de género es definida por la ley como la convicción personal e interna, tal como cada persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no al sexo asignado en el registro primario.

En ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica, terapia, diagnóstico u otro procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género.

Los interesados deberán presentar copia certificada del acta de nacimiento primigenia, para efecto de que se haga la reserva correspondiente, original y copia fotostática de su identificación oficial, al igual que de comprobante de domicilio actualizado.

Además de Hidalgo, la legislación de Ciudad de México, Michoacán, Nayarit, Coahuila y Colima contemplan la protección a este sector.

sjl