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¿Y la autoridad?

Actuación independiente, imparcial y autónoma de las autoridades electorales se pone en riesgo cuando carecen de recursos para ejercer sus funciones.

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Escrito en OPINIÓN el

A partir de la reforma constitucional y legal en materia político electoral la forma de designar a las autoridades locales de las entidades federativas, sufrió modificaciones sustanciales. Las y los consejeros electorales de los Organismos Públicos Locales (OPLE) son nombrados de forma directa por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

 

Entre la desaparición de las autoridades locales en materia electoral y sostener a dichas autoridades nombradas, mediante diversos procedimientos, por los Congresos de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se optó por una fórmula intermedia consistente en mantener a los institutos electorales de las entidades federativas pero eliminando la intervención del poder legislativo de las entidades federativas en su designación. Esta fórmula pretendía dar respuesta al descontento de los partidos políticos con la actuación de dichas autoridades y su vínculo con el poder ejecutivo en las entidades federativas.

 

Como una de las 74 nuevas atribuciones a cargo del INE, se encuentra la designación de los consejeros electorales de estos institutos. El INE se encuentra ahora a la mitad de este proceso. Por segunda ocasión, se enfrentan al reto de conformar el máximo órgano de dirección de las autoridades que, desde este año, tendrán la tarea de organizar el proceso electoral en los 13 estados en los que habrá elecciones el año que entra.

 

El proceso fue  diseñado y aprobado por  el Consejo General del INE, en cuyas primeras etapas, el examen de conocimientos y el ensayo presencial, no cuenta con intervención del INE sino de autoridades académicas, que en los próximos días darán a conocer la lista de las y los aspirantes que continuarán participando en las etapas finales de este procedimiento.

 

En los últimos días del mes de septiembre del año pasado, el INE concluía en una complicada sesión del Consejo General, la aprobación de las y los integrantes de las autoridades electorales en las 17 entidades federativas con jornada electoral en el 2015. Era la primera vez que el INE ejercía esta facultad.

 

Vale la pena, una vez que concluya el proceso electoral en marcha, hacer un análisis de los resultados de la reforma en esta materia. Mientras tanto, hay algunos casos evidentes, como el de Chiapas, que ameritan un comentario particular. La actuación independiente, imparcial y autónoma de las autoridades electorales de las entidades federativas se pone en riesgo cuando dichos institutos carecen, como parte de la presión que ejercen los poderes legislativos y ejecutivos locales, de los recursos económicos suficientes para el ejercicio de sus funciones.

 

Si bien con la reforma constitucional se quita de las manos de los actores locales la posibilidad de injerir en el nombramiento de las personas que ocupan estos espacios, lo cierto es que, desde antes, estos poderes presionaban con la retención de los recursos necesarios para impedir la actuación de las autoridades electorales en sus entidades federativas. Ya no inciden en su nombramiento pero sí en los medios con los que tienen que hacer frente a sus obligaciones.

 

La reforma en este tema es una reforma inacabada. Los consejeros electorales locales deben contar con los recursos necesarios para el ejercicio de sus atribuciones, éstos no deben estar al arbitrio de los intereses políticos de actores externos. La autonomía de estos órganos se pone en juego si deben ir a mendigar recursos ante los poderes locales, que los restringen en función de sus posibilidades de triunfo en las elecciones estatales.

 

Dos soluciones posibles podrían estudiarse para superar este problema. La primera, etiquetar recursos de los presupuestos estatales para el cumplimiento de las obligaciones de los institutos estatales electorales y su depósito en las cuentas correspondientes sin que los poderes locales intervengan en su administración o provisión. La segunda, que desde el presupuesto federal se asigne al INE, una partida presupuestal para el funcionamiento de los institutos locales y se asigne desde el Presupuesto de Egresos de la Federación.

 

La autonomía e independencia con la que se conducen las autoridades se pone en riesgo cuando no cuentan con los medios para cumplir con sus tareas. La principal razón esgrimida por los partidos políticos, con o sin pruebas que corroboraran sus argumentos, la actuación de los institutos locales supeditada a los poderes locales no puede erradicarse si dependen de ellos para contar con los recursos para hacer frente a sus obligaciones. La reforma realizada fracasará si en el corto plazo no se blinda la situación financiera de estos institutos para garantizar la autonomía e independencia en su funcionamiento.

 

@C_Humphrey_J