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¿Visita de Estado o estancia pastoral?

El concordato pendiente.

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Escrito en OPINIÓN el

La visita del Papa Francisco ha suscitado numerosos y minuciosos análisis con respecto a las repercusiones políticas y expectativas generadas en nuestro país. Empero, dicha visita también debe incitar a una reflexión de índole jurídica. Lo anterior con base a dos factores primordiales, por un lado México, es el segundo país con más católicos en el mundo después de Brasil, y por el otro, es necesario referir la compleja relación jurídico-política existente a través del tiempo entre el Estado laico mexicano y la Santa Sede del Vaticano.

 

No podemos soslayar que en México, según las encuestas, 8 de cada 10 personas dicen ser católicas, dicha premisa nos conduce a la apremiante necesidad de contar con una agenda clara que responda al planteamiento de inquietudes, problemas e intereses que trasciendan el sentido estricto de la fe, situación que hasta ahora no se refleja apropiadamente en el marco normativo constitucional, y menos aún, en el marco internacional de los tratados. Es decir, acudimos a la falta de un concordato, que especifique claramente la relación que debe imperar, en el plano internacional entre el Vaticano y México. Ello, pese a los múltiples esfuerzos diplomáticos de formalizar mediante un tratado las relaciones entre ambos sujetos de Derecho  internacional.

 

Es pertinente señalar que un concordato se refiere a un tratado signado entre el Vaticano y un Estado, con el objeto primordial de regular en el plano internacional las relaciones existentes entre ellos. En el caso particular de México, no existe un instrumento internacional de esta naturaleza, que regule esta delicada relación.

 

La historia jurídica entre el Estado mexicano y la Santa Sede se ha distinguido por el quebrantamiento de relaciones diplomáticas en 1867 y su posterior reanudación en 1992. Dicha situación, normativamente hablando, ha propiciado un desfase descomunal con respecto a la realidad imperante en la relación entre las Partes. En este sentido es que nos percatamos que en el plano internacional, no existe un acuerdo que regule de hecho, los derechos y obligaciones que de facto sostienen tanto el Vaticano como México en diversos temas de interés común, sino que todo se circunscribe a un intercambio de notas diplomáticas entre las Partes.

 

Debido a ello, en la práctica las relaciones entre el gobierno y la iglesia rebasan la constitucionalidad de la norma y obvian la necesidad de un marco normativo internacional en distintas materias, por ejemplo, en materia fiscal, militar, educativa, cultural, diplomática o de cooperación en distintas áreas.

 

Las relaciones internacionales entre México y el Vaticano, no deben limitarse, a un formalismo legal obsoleto, peor todavía, a un protocolo sin sustento o legitimidad. Presidente, gobernadores y autoridades municipales simplemente olvidan o más bien, recusan el carácter que debe revestir la visita de un Jefe de Estado con todo lo que implica esta en relación costo-beneficio a los interesados en un evento de dicha envergadura. Se transita, entonces, entre la ambigüedad política y el vacío legal, no queda claro si el viaje al país del Papa fue a título de estadista o como estancia pastoral. La falta de precisión es el eje rector de la visita, se presta a confusiones para la Iglesia, el Estado y para todo el pueblo mexicano.

 

Las relaciones entre México y el Vaticano se rigen mediante pautas no delimitadas, entre los afanes protagónicos y oportunistas de unos y la ambigüedad laica, confesional o teológica de otros. Conciliar los intereses de ambas Partes no es, ni ha sido, una tarea sencilla para la diplomacia de uno ni de otro. 

 

Por ello, es necesario definir los principios que deben guardar las relaciones entre México y el Vaticano para establecer con claridad el objetivo de las visitas recíprocas que los representantes de la Iglesia católica y del Estado mexicano llevan a cabo, para que no quede duda cuál es el propósito de las autoridades que viajan en dispendiosas visitas a Roma, mientras México vive una de sus crisis más severa en diversos rubros, económica, social y de protección a los derechos humanos.

 

En este sentido, la firma de un concordato entre México y el Vaticano no es, y no debe ser entendido como un tratado de privilegios exclusivos para uno de los firmantes, sino como una herramienta de entendimiento y cooperación que guíe el sentido y delimite el propósito de las visitas de Estado del Papa, garantizando un mecanismo práctico y real que beneficie a las personas, mediante acciones claras de gobierno y no sólo como festines de buena fe.

 

@UlisesSandal