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Sin paridad en la Asamblea Constituyente de la CDMX

La defensa de los derechos humanos es una batalla de todos los días.

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Escrito en OPINIÓN el

Los esfuerzos del Instituto Nacional Electoral por garantizar la paridad, cuestión que para los integrantes del Poder Legislativo Federal no tiene la menor importancia, fueron modificados, en un caso, y revocados, en otro, por la Sala Superior del Tribunal Electoral de la Federación.

 

La reforma constitucional aprobada por la que importantes y necesarios cambios se llevarán a cabo en la Ciudad de México, previó que el INE fuera la autoridad encargada del proceso de integración de la Asamblea Constituyente, pero únicamente respecto de 60 diputaciones que serán elegidas por el voto de los electores de esta ciudad.

 

Comprometido con el principio de paridad incorporado a la Constitución en el año 2014, el INE aprobó los primeros días de febrero, tres acuerdos para regular este proceso: la Convocatoria, el plan integral de trabajo y el catálogo de estaciones en radio y televisión. En contra de estos acuerdos se presentaron 88 impugnaciones.

 

En relación con la participación paritaria de mujeres y hombres, el INE previó un conjunto de medidas para garantizar la integración paritaria de 60 escaños en la Asamblea Constituyente. En los acuerdos se determinó que la lista de candidaturas presentadas por los partidos políticos debían estar encabezadas por una fórmula de mujeres, que las fórmulas estarían integradas por personas del mismo género y que debían integrarse las listas de candidaturas siguiendo la regla de la alternancia.

 

En el caso de las candidaturas independientes, el INE estableció que esa lista estaría integrada por 30 hombres y 30 mujeres, en el entendido de que, de conformidad con el artículo transitorio Séptimo, apartado A del Decreto de reforma, solamente podrán ser registradas 60 fórmulas. En este caso, el acuerdo del INE no establecía que las fórmulas tuvieran que estar integradas por personas del mismo género.

 

Ninguno de estos dos mecanismos aprobados por el Consejo General del INE fue avalado por la Sala Superior. En el caso del encabezamiento de listas por mujeres, se rechazó por unanimidad de votos de los magistrados presentes. En la sesión pública se señaló que este mecanismo no era necesario para garantizar la paridad en la integración final de la Asamblea Constituyente.

 

En el caso de las candidaturas independientes, por mayoría de votos de los presentes, se revocó el punto relacionado con el registro paritario de las fórmulas de candidaturas independientes con el argumento de que la paridad es un principio que únicamente resulta obligatorio para los partidos políticos y que al ser individual la participación de las y los independientes, no correspondía la aplicación de la paridad en su registro.

 

La lección es clara, mientras sigamos buscando resquicios interpretativos para la aplicación del principio constitucional de paridad con el único fin de garantizar la igualdad, seguiremos lejos de consolidar una democracia con letras mayúsculas en la que cualquier persona, sin importar su sexo, ambos sexos, cuente con las mismas posibilidades de concretar sus proyectos de vida e integrarse libremente en los ámbitos y espacios en los que tenga interés en participar.

 

La interpretación progresiva y expansiva de los derechos humanos es una obligación constitucional y convencional para todas las autoridades del Estado Mexicano. El legislativo federal ya incumplió con ella en la aprobación de una reforma en la que ni una palabra se menciona sobre paridad. El INE cumplió con su parte al llevar esta interpretación progresiva a la aprobación de dos acuerdos que garantizaban la integración paritaria de las listas. Esperemos que los partidos políticos en la designación que realicen de 14 escaños por cada cámara y los elegidos por el presidente de la República y el jefe de Gobierno, cumplan con el principio de paridad.

 

La defensa de los derechos humanos es una batalla de todos los días, cualquier retroceso, por mínimo que parezca, cuesta el doble de trabajo remontar. No tomemos a la ligera la aplicación de medidas de acción afirmativa que tienen como único objetivo conducirnos a una sociedad más igualitaria.

 

@C_Humphrey_J

@OpinionLSR