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Presupuesto de egresos y derechos humanos

El Presupuesto de Egresos así como la Constitución son normas fundamentales para los derechos humanos.

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Escrito en OPINIÓN el

 

Es mucho más frecuente hablar de la constitucionalización de los derechos fundamentales que de su presupuestalización.

 

La constitucionalización, en términos formales, es la medida más poderosa para que un derecho goce de los atributos de la norma de mayor rango: Supremacía, exigibilidad, garantía de eficacia, justiciabilidad.

 

El derecho a la educación, a la salud, al medio ambiente, al acceso a la banda ancha, por ejemplo, todos por igual, son derechos fundamentales. Y, por supuesto, los derechos deben ser garantizados.

 

La primera idea que se tiene sobre la forma de garantizar los derechos es su judicialización. Cada vez son más las sentencias que condenan al Estado a garantizar un derecho que requiere de erogaciones presupuestales que no necesariamente están contempladas en el ejercicio del año. Por ejemplo, por medio de sentencias se garantiza el acceso a determinado medicamento por ciertos padecimientos; es emblemática la sentencia que condena al gobierno de Guerrero a construir instalaciones hospitalarias en Mini Numa y Metlatónoc; o bien a proveer vivienda a una persona en estado de indigencia.

 

En los casos anteriores, la garantía de los derechos ha sido declarada por un tribunal, pero y de ahí la relevancia de relacionar los derechos con el presupuesto. Una sentencia que no se ejecute porque no hay presupuesto, es ineficaz.  La garantía de los derechos también depende del presupuesto.

 

El Presupuesto de Egresos así como la Constitución son normas fundamentales para los derechos. El Presupuesto es la medida de los derechos. El buen manejo de los recursos públicos, como lo determina el artículo 134 constitucional, es un mandato que busca garantizar que se empleen hasta su límite y de la mejor manera posible.

 

En un recomendable libro de Holmes y Sunstein “El costo de los derechos. Por qué la libertad depende de los impuestos”, traducido por Siglo XXI, destaca y abunda que un Estado sin dinero no puede proteger sus derechos.

 

El Presupuesto de Egresos como garantía de los derechos supone la definición de una política pública y responsabiliza a la Administración Pública de su ejercicio y a la Cámara de Diputados de su aprobación.

 

La discusión que actualmente se da en la Cámara de Diputados para la aprobación del ejercicio 2016, define la extensión de los derechos. De ahí la relevancia de ponerle atención.

 

@jrxopa