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Obras públicas y combate a la corrupción

El Congreso no debe seguir postergando esta urgente discusión.

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Escrito en OPINIÓN el

La aplicación de sanciones administrativas por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a varias subsidiarias de la empresa OHL, así como otras denuncias contra constructoras que se han presentado en los últimos años, evidencia que los actuales mecanismos de transparencia han sido insuficientes para frenar la impunidad en las instancias públicas, pero también en las empresas privadas. Es decir: la transparencia a secas, sin un combate eficaz a la corrupción, ha impactado negativamente en la opinión ciudadana y reafirma la sensación de impunidad que impera en el país.

 

En ese sentido, y debido a la gran cantidad de recursos públicos que son invertidos en la creación de infraestructura nacional, así como las implicaciones que tiene la asignación eficiente del gasto en la contratación y ejecución de la obra pública, es un momento idóneo para transformar a la Ley Federal de Obras Públicas en un instrumento eficaz de combate a la corrupción.

 

De hecho, la Cámara de Senadores tiene pendiente la discusión y votación de la minuta relativa a la Ley de Obras Públicas, en la que existen avances significativos para mejorar la certidumbre jurídica de contratistas y contratantes en distintos procesos y fases de la contratación; sin embargo, aún quedan cuestiones por resolver, a la luz del Sistema Nacional Anticorrupción.

 

Dentro de las áreas de oportunidad que se podrían abordar, podemos señalar el principio de máxima publicidad para todas las etapas del ciclo de la obra pública; es decir, debería establecerse que en el sistema electrónico CompraNet puedan ser consultados, por cualquier persona, tanto la planeación y presupuestación de la obra, así como la ejecución y finiquito del contrato, e incluso el resultado de los procesos de fiscalización o de auditoría, que en su caso llegase a existir.

 

En este contexto, también es importante seguir el ejemplo de otros países miembros de la OCDE, como Suecia, en los que el principio de máxima publicidad adquiere tal relevancia que el incumplimiento del citado principio conlleva la invalidez jurídica del contrato de obra pública.

 

Otro cambio a impulsar en una Ley de Obras Públicas con enfoque anticorrupción, sería la creación del Inventario Nacional de Infraestructura Pública, para registrar todos y cada uno de los bienes gubernamentales, así como las condiciones en que se encuentran.

 

A partir de este Inventario Nacional, habría condiciones para crear una Base de Datos Nacional de Proyectos Estratégicos, que permita identificar las necesidades reales de obra pública, a mediano y largo plazo, para que estas sean realizadas de acuerdo a criterios técnicos reales y no a ocurrencias de los gobernantes en turno.

 

Otro aspecto a mejorar en la Ley de Obras Públicas, es el alcance y características mínimas de la “Investigación de mercado” contemplada en la Ley, para convertirla en una herramienta de planeación efectiva de la obra, basadas en resultados objetivos y no sólo a partir de cotizaciones.

 

En lo relativo a la supervisión de la obra pública, sería importante revisar las facultades, antecedentes y responsabilidades de las empresas o personas que fungen como supervisores durante la ejecución de obra, pues muchas veces es en esos procesos de auditoría donde más se presentan actos de corrupción.

 

Estos son sólo algunos de los puntos que se podrían reformar en la Ley de Obra Pública, para colocarla a la altura de las buenas prácticas internacionales en materia de transparencia de la contratación y ejecución de la obra pública.

 

Es una discusión relevante y urgente, que el Congreso no debe seguir postergando.

 

@JVillalobosS

@OpinionLSR