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Indiferencia legislativa frente a la violencia política

El Estado mexicano está obligado a respetar y garantizar los derechos humanos de las mujeres.

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Escrito en OPINIÓN el

El domingo 30 de abril terminó el periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión. Muchos temas quedaron pendientes. Uno de los dictámenes que no fue votado en la Cámara de Diputados fue el de violencia política contra las mujeres.

El dictamen aprobado por el Senado el 9 de marzo y enviado a la colegisladora, implicaba la reforma de cinco leyes para incorporar el concepto de violencia política por razones de género, determinar a las autoridades competentes y sus facultades, definir a los sujetos obligados y establecer las sanciones. El dictamen aprobado por la Cámara de Senadores y Senadoras representa un gran avance para prevenir, atender y sancionar la violencia política en contra de las mujeres, sin embargo, dejó pendiente un tema de gran relevancia: la tipificación de la violencia política por razones de género.

En el plazo de casi dos meses, y habiendo sido presentadas varias iniciativas en esta materia en, al menos, un par de legislaturas en la Cámara de Diputados, las y los diputados fueron incapaces de analizar, debatir y votar el dictamen de violencia política.

El tema se agrava si tenemos en cuenta que de conformidad con el artículo 105 de nuestra Constitución, ninguna modificación sustancial puede ser realizada a las leyes que rigen las elecciones 90 días antes de que inicie el proceso electoral. Este escenario nos lleva a la inevitable y terrible consecuencia de que la creciente violencia política en los procesos electorales, específicamente en el proceso electoral de 2018, el más complicado de la historia democrática mexicana, no contará con el marco normativo que permita proteger y garantizar a las mujeres el pleno ejercicio de sus derechos políticos en condiciones de libertad y seguridad.

El Estado mexicano está obligado a respetar y garantizar los derechos humanos de las mujeres en virtud de los convenios y tratados internacionales que ha ratificado. Nuestro Congreso de la Unión está en falta respecto a la prevención, atención, sanción y reparación de la violencia política que sufren las mujeres en nuestro país.

Diversas entidades federativas llevan ya la delantera en cuanto a la regulación en contra de la violencia política, algunas de ellas han establecido sanciones en sus códigos penales y, en la Constitución de la Ciudad de México, se encuentra prevista como nulidad de las elecciones la violencia política contra las mujeres. A nivel federal a pesar de los esfuerzos de varias senadoras y diputadas que han presentado iniciativas desde hace cinco años, para los legisladores el tema no es una prioridad.

El escenario más factible es que de aquí al siguiente sexenio no contemos con las modificaciones necesarias para hacer frente a la violencia política y mucho menos con un tipo penal. Un análisis de los casos investigados por la FEPADE permite concluir con absoluta claridad la imperiosa necesidad de contar con un tipo penal específico para estos casos.

Los casos de violencia contra las mujeres se han recrudecido y sofisticado a partir de la aplicación del principio de paridad incorporado a la Constitución en 2014, por lo que es indispensable la aprobación y entrada en vigor de las leyes que permitan a las autoridades combatir la violencia en contra de las mujeres y obligar a los partidos políticos, sus militantes y los medios de comunicación asumir sus responsabilidades para erradicar y reparar la violencia política en contra de las mujeres. Señores legisladores, es urgente la aprobación del dictamen en esta materia para proteger la vida y la integridad de las mujeres en materia política así como la de sus familiares y colaboradores.

@C_Humphrey_J