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Frenar la tentación autoritaria

Un estado de suspensión de garantías no implica estrictamente un símbolo de dictadura.

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Escrito en OPINIÓN el

El proceso de aprobación de la ley reglamentaria del artículo 29 constitucional en materia de suspensión de derechos y garantías ha causado diversas reacciones, que van desde preocupaciones legítimas que, con base en la situación de profunda violencia y polarización social que se vive a nivel nacional, encuentran bases para rechazar el sentido de la reforma y otras voces, mucho menos precisas, informan a la población sobre la terrible situación que representa que el Ejecutivo Federal pueda privarnos del ejercicio pleno de nuestros derechos, sin conocer a plenitud los alcances de la reforma.

 

En cualquier país, garantizar los derechos humanos de las personas así como el libre ejercicio de los mismos es el signo fundamental de una democracia plena. Sin embargo, es importante señalar que en nuestro país actualmente no se garantiza que una persona ejerza plenamente los derechos que le otorga la Constitución.

 

Felipe Calderón dio inicio, sin duda alguna, a la debacle humanitaria y de inseguridad que hoy enfrentamos, declarando una “guerra” sin estrategia contra el crimen organizado, sin que sus acciones requirieran aprobación de otro poder del Estado, y mucho menos se establecieran límites para las mismas. No se elaboró la ley reglamentaria del Artículo 29 que, técnica y legalmente, debería contener este tipo de ordenamientos, con casos verdaderamente extraordinarios que lo justificaran por un breve término y bien delimitados sus alcances.

 

La presencia del Ejército realizando una función central en el combate a la delincuencia organizada, así como medidas tales como el arraigo –figura violatoria de derechos humanos por la que México ha sido señalado en múltiples ocasiones a nivel internacional-, son sólo un botón de muestra de la necesidad de regular el estado de excepción en nuestro país, pues para su implementación tendría que ser necesaria, en algunos casos, la suspensión de garantías.

 

Un estado de excepción o de suspensión de garantías no implica estrictamente un símbolo de dictadura, de hecho son legales y en múltiples ocasiones necesarios en circunstancias verdaderamente extremas, sin embargo la imprecisión en su regulación o la discrecionalidad para decretarlo de facto pueden dar lugar a ello, a una tentación autoritaria y dictatorial, por lo que los límites y alcances del mismo deben ser claramente establecidos.

 

Tanto en tratados internacionales como en la legislación de múltiples países, los estados de excepción se encuentran regulados para fines como el control de epidemias, desastres naturales, desabasto de medicamentos o conflictos bélicos externos. De hecho, nuestra propia Constitución lo contempla en su artículo 29, sin que dicho artículo se encuentre plenamente regulado.

 

En nuestro país vivimos de manera irregular un estado de excepción de 2008 a 2012, mismo que sigue activo de manera parcial aún en este sexenio, en donde hay gente que deliberadamente ha renunciado al ejercicio pleno de algunos derechos (libertad de tránsito, asociación, ejercer la profesión que deseen) debido a que el simple hecho de hacerlo pone en riesgo sus vidas.

 

La regulación de este artículo no es solamente necesaria, es URGENTE, y quienes se preocupan por los posibles alcances de la misma deberían, desde sus espacios públicos y políticos, trabajar en propuestas constructivas –en colaboración con organizaciones de la sociedad civil- a fin de promover la creación de una reglamentación que establezca los límites precisos a sus alcances, así como controles que eviten de manera absoluta la implementación por capricho de dicha ley. Si la Ley reglamentaria es ambigua, impreciso y con grandes márgenes de discrecionalidad a favor del Ejecutivo y en claro detrimento a las libertades y los derechos humanos, es más que justificada la oposición a la misma.

 

 

Permanencia del GIEI en México

 

Este tema se entrelaza con la polémica de estos días con relación a la participación de organismos internacionales en temas relacionados con los derechos humanos. A partir de la presentación del primer informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), y mediante una campaña plagada de difamación, se ha atacado vilmente a Ángela Buitrago y Claudia Paz y Paz, así como la asistencia técnica internacional de la CIDH y en días recientes incluso al secretario ejecutivo de la propia Comisión, Emilio Álvarez Icaza.

 

Se ataca también la necesidad expresada por GIEI de entrevistar a los militares posiblemente involucrados en las desapariciones y se envía también una señal clara: México, al igual que algunos países de América Latina, hará lo posible por impedir que miembros militares sean llevados a la justicia civil, aunque lo merezcan.

 

Para agravar la situación, diferentes voceros y funcionarios del gobierno federal, como el propio Secretario de Gobernación han expresado que no habría otra prórroga para los trabajos del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), mismos que concluyen el próximo 30 de abril y que le facultan como coadyuvante del gobierno mexicano en la investigación del caso Ayotzinapa.

 

Según declaraciones del secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, "estamos dentro del plazo. Estamos trabajando en el plazo que se les dio. Creo que lo que se tiene que hacer es acelerar el trabajo que vienen realizando y en abril termina ese trabajo”.

 

Sin embargo, el Acuerdo para la Incorporación de Asistencia Técnica Internacional firmado por la CIDH, el Estado mexicano y los representantes de los jóvenes desaparecidos, establece en su Artículo 10 que la Comisión puede decidir si renueva o no la prórroga de su participación, hecho que no depende en lo absoluto de lo que quiera o no el gobierno federal. Dicho artículo dice, a la letra:

 

“A solicitud del Estado y de los beneficiarios de las medidas cautelares, la asistencia técnica dará inicio de inmediato.

 

El mandato del Grupo Interdisciplinario de Expertos será de seis meses, y podrá extenderse por el tiempo necesario para el cumplimiento de su objetivo, en consulta de la CIDH con las partes. […]”.

 

En la medida en que el GIEI se acerca a la verdad de lo ocurrido realmente el 26 y 27 de septiembre de 2014 en Iguala, ha sido evidente el descontento en sus sectores duros del gobierno federal y de la extrema derecha que quieren dar carpetazo al tema e, incluso, revictimizan a quienes han sufrido esta tragedia humanitaria de la desaparición forzada, con acusaciones calumniosas, lo que a la postre sirve a los perpetradores que siguen en la impunidad.

 

Existe aún un motivo, al menos, por el que la presencia del GIEI sigue siendo necesaria y es la necesidad de que el Grupo entreviste a los integrantes del Ejército que estuvieron presentes o tuvieron conocimiento de los hechos que llevaron a la desaparición forzada de 43 estudiantes y el asesinato de 6 personas. Pero más allá de este aspecto, la actuación del GIEI ha mantenido vigente el tema y evitado que se quiera cerrar sin justicia este terrible capítulo en la historia del país y de Guerrero.

 

Por ello es conveniente que el gobierno federal acepte y facilite extender sus trabajos, no como quien da permiso, sino en el entendido de que ante las irregularidades y el desconocimiento del paradero de los estudiantes, la presencia del Grupo sigue siendo necesaria para brindar justicia a las víctimas y cerrar el caso una vez que se conozca a plenitud la verdad y se castigue a los responsables.

 

Esperamos que en estos dos casos: la reglamentación del artículo 29 constitucional y la permanencia del GIEI no prevalezca la tentación autoritaria y prevalezca la cordura y apertura democrática. Sería grave el retroceso en ambos aspectos en un país polarizado y que exige justicia.

 

@RicardoMeb

@OpinionLSR