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Entre la omisión legislativa y el centralismo

Como comentaba la semana pasada, cada partido tiene su agenda y su estrategia ante el debate de la reforma energética.

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Escrito en OPINIÓN el

El PRI requiere aprobar cuanto antes las leyes secundarias y operacionalizar los cambios en el sector como medio para revertir la desaceleración económica. El PRD está enfocado a evitar que la reforma prospere y ha centrado sus más recientes esfuerzos a señalar que el gobierno busca distraer a los mexicanos con el Mundial. El PAN sabe que el PRD votará en contra y que el gobierno depende necesariamente de sus votos, y  por lo mismo, que es la fuerza política que en este caso define el resultado.  

Mientras que el PRD discute la reforma energética desde la influencia perversa del futbol, el PAN ha pasado a condicionar su participación en el proceso a la aprobación de la reforma electoral en los congresos de los estados. Cada quien sus tiempos y prioridades.

En sentido estricto no hay nada de qué sorprenderse. El que una bancada condicione su voto a recibir el respaldo a su propia agenda, es algo que hacen todos los partidos y por lo mismo es una práctica cotidiana en la negociación parlamentaria. Lo sorprendente sería que el PAN no hiciera valer su posición de fuerza para impulsar su agenda. Sin embargo, también es cierto que la exigencia de aprobar la reforma electoral en los estados pone en evidencia muchos de los vicios y perversiones de nuestro sistema político.

En primer lugar, ¿qué es lo que deben aprobar los congresos estatales? ¿En qué consiste el requisito exigido por el coordinador de los senadores del PAN? Si analizamos las nuevas leyes electorales publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado 23 de mayo, de éstas se desprende la necesidad de que los estados abroguen sus leyes electorales y se adecuen a la nueva modalidad definida por el Congreso de la Unión. Lo cual implica legislar para cumplir, en su propio ámbito de competencia, lo que establecen principalmente la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), La Ley General en Materia de Delitos Electorales y la Ley General de Partidos Políticos.

Ahora bien, mientras que en el caso de las leyes sobre delitos electorales y de partidos políticos los transitorios definen puntualmente la obligación y los plazos para que los congresos locales legislen, seis meses y hasta el 30 de junio respectivamente, los legisladores federales no establecieron una obligación equivalente en la LEGIPE. A pesar de que la LEGIPE es la ley marco de nuestro sistema electoral y define las bases para la coordinación entre ámbitos de gobierno, si bien establece que se deberán abrogar las disposiciones que se le opongan, no define puntualmente un mandato y plazos para que  los congresos estatales adecuen su legislación en la materia. No se quejen si no revisan con cuidado lo que votan.

Lo cual nos lleva a un segundo problema. ¿Es válido exigir a los congresos locales que cumplan su obligación y adecuen sus leyes siguiendo el mandato del Congreso, cuando los mismos legisladores federales no han cumplido con sus respectivas obligaciones? Los senadores y diputados federales se encuentran en una situación de omisión legislativa en múltiples casos. Por ejemplo, el Congreso tenía hasta el 6 de junio de 2012 para expedir las leyes reglamentarias de la reforma constitucional en materia de derechos humanos. Hoy celebramos dos años de omisión legislativa ante una de las reformas más importantes a nuestra carta magna.  

De hecho, en el caso de la reforma energética el Congreso ya es omiso. El artículo cuarto transitorio de la reforma establece los siguiente: “Dentro de los ciento veinte días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso de la Unión realizará las adecuaciones que resulten necesarias al marco jurídico, a fin de hacer efectivas las disposiciones del presente Decreto, entre ellas, regular las modalidades de contratación, que deberán ser, entre otras: de servicios, de utilidad o producción compartida, o de licencia, para llevar a cabo, por cuenta de la Nación, las actividades de exploración y extracción del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, incluyendo las que puedan realizar las empresas productivas del Estado con particulares, en términos de lo dispuesto por el artículo 27 de esta Constitución. En cada caso, el Estado definirá el modelo contractual que mejor convenga para maximizar los ingresos de la Nación”.

Partiendo que la reforma se publicó el 20 de diciembre de 2013, este plazo se venció la segunda semana de marzo. ¿Es coherente condicionar la aprobación de leyes secundarias a proceso locales, cuando los legisladores federales no cumplen a su vez con los plazos y criterios que ellos mismos definieron para conducir su trabajo legislativo?

Finalmente, y lo que me parece más delicado, ¿qué debemos entender por esta exigencia hacia los congresos locales? En este caso hay una frontera muy frágil entre demandar que los legisladores de las entidades federativas cumplan con lo que establecen los transitorios de las leyes, y exigir que desde el gobierno federal se “instruya” a los congresos locales para que legislen en algún sentido determinado. Condicionar la aprobación de leyes secundarias federales a procesos locales, independientemente de su relevancia o urgencia, implica que se asume y acepta que el presidente puede y debe influir en decisiones de poderes locales, a través de los cuales por cierto el pueblo ejerce su soberanía. 

De una preocupación por evitar la omisión legislativa pasamos de golpe a la afirmación de la vocación centralista de los partidos políticos. Más que exigir al gobierno que garantice que los congresos locales legislen en un sentido, ¿no tendríamos que estar discutiendo transparencia, rendición de cuentas, apertura a la sociedad y mejores mecanismos para que los congresos locales hagan un trabajo legislativo más efectivo y profesional? Si el problema consiste en influencia indebida del gobierno federal o los gobernadores en las decisiones de los congresos locales, ¿no deberíamos entonces analizar las causas y consecuencias de la falta de autonomía de los legisladores en los estados? 

Aunque la exigencia del PAN puede ser congruente con su estrategia negociadora, impulsar el centralismo y justificar la intromisión del gobierno federal en las decisiones de los congresos locales no es conveniente para sus propios intereses ni para la consolidación de la democracia en nuestro país. 

@ja_leclercq