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El Senado y la designación de ministros

Formato de comparecencias es verdaderamente una comparsa, una ficción en la que senadores hacen como que les importa la designación de ministros.

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Escrito en OPINIÓN el

En próximos días, semanas o meses, no sabemos cuándo, pero llegarán al Senado de la República las propuestas de ternas para ocupar dos vacantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que enviará el Presidente de la República. No saber la fecha en la que harán públicas las ternas juega un papel contrario a la transparencia y permite la discrecionalidad, el cálculo de tiempos políticos y la especulación en la opinión pública.

 

Estas deficiencias derivan del diseño constitucional del proceso de designación. No hay disposición alguna que obligue al Presidente a realizar algún tipo de proceso de consulta con la sociedad para integrar la terna ni tampoco establece obligación de fundamentarla. Bajo ese supuesto, el Ejecutivo ha hecho caso omiso las manifestaciones de la opinión pública, la sociedad civil y sectores especializados de la academia para dar una respuesta que dé certidumbre sobre el inicio del proceso de designación o del proceso de integración de las ternas.

 

En esta parte del proceso de designación que le corresponde al Ejecutivo es difícil hacer una adaptación o adecuación de las normas constitucionales. Sin embargo, una vez presentadas las ternas, el Senado de la República podría adaptar, dentro del marco constitucional, el proceso que debe realizarse para la designación para hacerlo más serio, efectivo y transparente.

 

El proceso de designación de Ministros en lo que corresponde al Senado se reglamenta mediante acuerdos internos. Al recibir la terna, la Mesa Directiva elabora un Acuerdo en el que delega en la Comisión de Justicia el proceso y a su vez, la Comisión de Justicia elabora un Acuerdo que establece el procedimiento para la comparecencia y dictaminación de los candidatos de la terna. Es justamente en estos acuerdos donde el Senado, de quererlo, podría establecerse reglas que permitieran un proceso de elección auténtico.

 

Si revisamos los acuerdos anteriores para la designación de un Ministro de la SCJN comprobamos que el proceso establecido en ellos carece de elementos para considerarlo medianamente legítimo y auténtico. En el Acuerdo de la Mesa Directiva se establece por ejemplo, que la Comisión de Justicia elaborará un dictamen que compruebe los “requisitos de elegibilidad” de acuerdo con el artículo 95; que será presentado 24 horas antes de la votación al resto del Senado; que las comparecencias en el Pleno del Senado de los candidatos durarán 20 minutos sin lugar a mociones, intervenciones o preguntas y que después de eso se procederá a la votación.

 

En otras palabras, el dictamen solamente dice que sí cumplen los requisitos, la mayoría de los senadores recibe el dictamen unas horas y escucha por 20 minutos a cada candidato sin la posibilidad de cuestionarlo antes de votar.

 

Este acuerdo podría ser distinto. Podría establecerse, por ejemplo, que el dictamen de la Comisión de Justicia sea fundamentado y que aporte conclusiones sobre las comparecencias. Podría establecerse también que dicho dictamen fuera distribuido con más días de anticipación para que los Senadores pudieran deliberar y dar tiempo también para que la opinión pública lo revise y reaccione. Podría también establecerse que al ser el recinto del Senado un espacio para el debate, las comparecencias en el Pleno no sean solo discurso de 20 minutos sino un diálogo abierto con intervenciones abiertas y que dure el tiempo que deba durar.

 

Por otro lado, la Comisión de Justicia, en el proceso de designación más reciente, solicitó a cada candidato la entrega de documentos probatorios de la experiencia profesional, la capacidad argumentativa y reflexiva, su filosofía constitucional e incluso los perfiles con los que integraría su ponencia. Sin embargo, toda esta información no sirve de mucho pues no se analiza por parte de los Senadores ni se pondera. Además es en la definición del procedimiento de las comparecencias, en donde la Comisión de Justicia se ha encargado de hacer de este proceso una de las comparsas más grandes de la política mexicana.

 

La Comisión de Justicia ha determinado que una comparecencia de una hora y media por cada candidato es suficiente para evaluar a la persona que pueda ocupar el cargo. En dicha comparecencia, cada candidato tiene 10 minutos para exponer y posteriormente un senador de cada grupo parlamentario realizará una pregunta para ser respondida en tres minutos. Una vez respondidas cada una de las preguntas el candidato termina e inicia el siguiente. En total para desahogar la comparecencia de tres candidatos, la Comisión de Justicia se toma aproximadamente 5 horas, una tarde, básicamente.

 

Este formato de comparecencias es verdaderamente una comparsa, una ficción en la que las y los senadores integrantes de la Comisión de Justicia hacen como que les importa la designación de ministros durante cinco horas. Visto desde cualquier perspectiva, esta forma de “comparecer” es absurda e inútil y muestra que la lógica política es la simulación y lo que se impone en la decisión es el acuerdo de las cúpulas de los grupos parlamentarios.

 

Si el Senado se tomará en serio la designación, las comparecencias tendrían que ser uno de los elementos más importantes a considerar. Se debería modificar este formato inútil para comparecer y realizar una serie de comparecencias auténticas: que duraran el tiempo necesario (es difícil pensar en un tema más importante que deba atender un senador); que pudiera haber un diálogo, con preguntas, réplicas y contrarréplica entre los miembros de la Comisión de Justicia, los candidatos y la sociedad civil de forma directa; que haya un Comité Técnico que de una opinión general sobre la persona que haya comparecido, entre otros elementos.

 

Mientras la Comisión de Justicia no asuma la comparecencia como en acto serio, auténtico y verdadero en el que se analice a fondo la idoneidad, estas comparecencias no serán sino una total comparsa política: una farsa en la que el Senado hace como que le importa la SCJN.

 

Pero no, la Corte no importa, importa la política y sus cuotas.           

 

@BordeJuridico

 

Iván García Gárate @IvanGGarate

Profesor en la FCPyS-UNAM, en la Universidad Iberoamericana y en la Universidad del Claustro de Sor Juana. Consultor especializado en derechos humanos. Investigador en temas de Derecho constitucional y Sociología jurídica, en particular, el Poder Judicial y los jueces. Actualmente es investigador asociado de Borde Jurídico. ivan@bordejuridico.com