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El foco rojo de las elecciones

Los contenidos que se difunden en la red se pueden generar y controlar en diversas partes del mundo.

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Escrito en OPINIÓN el

En un domingo de diciembre del año pasado, Edgar M. Welch decidió manejar más de seis horas seguidas para visitar una pizzería en Washington, Estados Unidos. Tan sólo unos minutos después de haber entrado al local que alberga el restaurante, Welch sacó un rifle de asalto AR-15 y empezó a disparar a las personas que ahí se encontraban, sin que nadie resultara lesionado.[1]

 

En realidad Edgar acudió a la pizzería Comet Ping Pong para rescatar a los niños que supuestamente eran retenidos como esclavos sexuales, por una banda liderada por Hillary Clinton, según la información que leyó en varios sitios de Internet, incluyendo Facebook y Twitter.

 

De acuerdo con los reportes policiacos, Welch no es una persona afectada de sus facultades mentales ni con problemas de agresión. Se trata simplemente de una de las millones de personas en la Unión Americana que se dejaron influenciar por noticias falsas en Internet, y que eventualmente tuvieron un impacto en las elecciones de nuestros vecinos.

 

En nuestro país es innegable el crecimiento tan rápido y sostenido del Internet en la última década, y de cada vez mayor importancia que tiene la información que ahí se difunde. De acuerdo con datos de la OCDE, en 2005 alrededor del 8% de los hogares mexicanos contaban con acceso a Internet, y ya para 2015 ese porcentaje se elevaba al 35 por ciento.[2]

 

Más drástico aún es el crecimiento de las conexiones de Internet móviles en las que en 2010 existían 1.2 por cada cien habitantes, y ya para 2016 su número se incrementó en 57 por cada cien.[3]

 

Los números están ahí y las consecuencias son muy claras. El caso más reciente que muestra el impacto de las redes es el del Juez Anuar González Hemadi, quien fue suspendido por el Consejo de la Judicatura Federal, tan solo unas horas después que se diera a conocer su polémica sentencia en el caso de los “Porkys”.

 

En la arena político-electoral el asunto no es diferente, y todo parece indicar que apenas estamos viendo la punta del iceberg de lo que se viene. 

 

Todos los días aparecen noticias en Twitter, Facebook y en otras redes sociales sobre la guerra de encuestas de los candidatos, las investigaciones que se le siguen a la familia de fulanito o sutanito, y las propiedades que tiene tal o cual candidata o candidato, dirigente de partido, gobernadores etcétera. Todo ello, sin que necesariamente se trate de información verídica y verificable.

 

En México, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prohíbe de manera genérica la difamación, calumnia o cualquier expresión que denigre a candidatos, partidos políticos, personas, instituciones públicos o privadas. Sin embargo, la implementación de esas prohibiciones es poco menos que letra muerta debido a los problemas técnicos y legales que se enfrentan.[4]

 

Para empezar tendríamos que reconocer que en casi cualquier comunicación a través de Internet es relativamente sencillo mantener el anonimato o incluso toparse con programas informáticos (bots) que se hacen pasar por una persona o imitan un comportamiento programado, para posicionar temas, atacar o defender agendas o generar tendencias. Luego es importante precisar que los contenidos que se difunden en la red se pueden generar y controlar en diversas partes del mundo, y que por ello no es posible sujetar a las empresas y personas que los controlan a la normativa de un determinado país.

 

Por otra parte, para el caso mexicano, la Suprema Corte de Justicia ha resuelto en diversos criterios que si bien la Constitución prohíbe la calumnia en el debate político-electoral, no se puede excluir de la propaganda las alusiones a la vida privada, ofensivas, difamatorias o denigrantes. Ello ya que la Constitución establece que la propaganda política o electoral deberá abstenerse sólo de expresiones que calumnien a las personas, más no de llevar a cabo otros actos diversos.

 

Aunado a lo anterior, para que pueda acreditarse la calumnia no basta con que se trate de la imputación de hechos o delitos falsos con impacto en un proceso electoral como lo establece la ley electoral. Según el criterio de la Corte, para que pueda darse la calumnia en la materia electoral, debe además hacerse a sabiendas o teniendo conocimiento de que el hecho que auspicia la calumnia es falso.

 

En otras palabras, para que se acredite la calumnia en perjuicio de una persona en materia político-electoral debe usted tener perfectamente identificada a la persona o personas que hacen ese acto y que ello sea verificable, acreditar que le imputan hechos o delitos falsos que tienen un impacto electoral, y finalmente hay que demostrar que esas acciones se hicieron teniendo conocimiento que todo era falso. Nivel de complicación: increíble.

 

Con todo eso en mente, prepárese para las campañas negras en Internet que vienen.

 

@pacozorrilla

@OpinionLSR

 

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[1] https://www.nytimes.com/2016/12/05/business/media/comet-ping-pong-pizza-shooting-fake-news-consequences.html?_r=0

[2] https://data.oecd.org/ict/Internet-access.htm

[3] https://data.oecd.org/broadband/wireless-mobile-broadband-subscriptions.htm#indicator-chart

[4] Aquí cabe destacar que algunas instituciones como el INE han reconocido la importancia e impacto de la información que circula en Internet, y por ello está implementando diversos criterios para regular el uso de sus redes sociales institucionales, interactuar con la ciudadanía, prohibir el bloqueo de usuarios, establecer controles para garantizar que la información sea certera, además de generar un protocolo en caso de hackeo de cuentas.