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El derecho humano a elegir pareja, no al matrimonio

Por Alejandro Torres Estrada*

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Escrito en OPINIÓN el

Sin ser un especialista en temas de Derechos Humanos, hoy en pleno auge en México, expreso mi punto de vista, respecto a la controvertida resolución tomada, el día nueve de junio del año 2016, por unanimidad de votos de los 47 miembros que integran el Tribunal de Estrasburgo, en el sentido de que “no existe el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo”.

 

Esta decisión es acertada y con apego a derecho, toda vez que el origen del matrimonio es la unión jurídica de un hombre y una mujer con el fin primordial de la procreación y la asistencia mutua. Hoy con la iniciativa del Presidente de la República, en el sentido de querer elevar a un rango constitucional el matrimonio homoparental, también conocido como matrimonio entre personas del mismo sexo o igualitario, el tema se pone aún más álgido.

 

Si bien las personas con preferencia sexual diferente tienen derechos, iguales o por lo menos equiparables a los de los demás, lo cierto es que, en el tema del matrimonio, se debe hacer un análisis. Me explico, nadie puede dudar que todas las personas tenemos derecho al libre desarrollo de nuestra personalidad, mientras no afecte los derechos de los demás y, se debe decir, mientras no altere el orden jurídico. Dicho de otra manera, podemos hacer lo que nos venga en gana, siempre que no se contravenga el orden jurídico, ni se lesione el derecho de otros. Así, si dos personas del mismo sexo deciden hacer una vida en común, el Estado no se los puede impedir, pero tampoco el Estado debe someter el Derecho a la voluntad de esas personas, no, el Estado cumple regulando al respecto en lo que corresponde.

 

Debemos recordar que, el 16 de noviembre del año 2006, se publicó en la Gaceta Oficial, la Ley de Sociedad de Convivencia para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México, que reconoce derechos similares a los de los esposos, cuando la relación es de personas del mismos sexo, generándose derecho alimentario entre ellos y equiparando sus derechos a los del matrimonio. Esta ley sigue vigente y, concede los derechos que se pretenden, por ende, en esta ciudad, haber modificado el Código Civil para establecer el matrimonio entre personas del mismo sexo, fue un exceso innecesario, al tener la ley que ya regulaba la igualdad de derechos. Entonces, parece que, llamar matrimonio a la relación homoparental, se convirtió en un capricho de alguien, innecesario para el derecho y que además, no les concedieron más derechos que los que ya tenían.

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha reiterado en diversas ejecutorias que no existe razón para no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero se sostienen en la igualdad y en una categoría sospechosa de discriminación, como lo es el sexo; sin embargo, no se generó en análisis de los derechos de la sociedades de convivencia, sino únicamente en el tema del matrimonio. Dicho de otra manera, puede ser inconstitucional no regular los derechos de las parejas homoparentales, por tanto, si ya está regulado, no puede ser inconstitucional, toda vez que sus derechos ya están reconocidos.    

 

Con lo anterior, podemos concluir que no existe derecho humano al matrimonio homoparental, lo que sí existe es el derecho a elegir pareja y, el estado debe regularlo para proteger a esas personas y, como ya se dijo, en esta megalópolis, ya está regulado hace casi diez años, por tanto, la reforma constitucional es innecesaria, con independencia de que una Carta Magna, no es el lugar idóneo para regular el tema del matrimonio, para eso está la ley civil. 

 

El derecho se creó, existe y funciona para tener un orden social, por lo tanto, no se puede cambiar por moda o capricho figuras jurídicas, debido a que se genera un desorden al estado de derecho. La libertad de las personas es indiscutible, pero ésta debe apegarse a las normas del derecho, que desde luego, no demerita ni limita sus posibilidades al libre desarrollo de la personalidad, pero hoy opino: nos hemos excedido en la Ciudad de México, porque nuestras autoridades quieren estar a la moda y a la “vanguardia”. Curiosamente somos una sociedad avanzada y, aún nos dividen en el transporte público entre hombres y mujeres ¿quién los entiende?

 

El derecho es dinámico, tanto como lo es la sociedad, por ende, en los últimos años se han generado infinidad de reformas a la Constitución y a las leyes civiles, en las que se ha cambiado el significado original y etimológico de las figuras jurídicas, sólo el futuro nos dirá si fue lo correcto, hoy, en el tema de los Derechos Humanos nos falta mucho por recorrer y nadie sabe hasta dónde va a llegar y que tan benéfico será para la sociedad en general. El Tribunal de Estrasburgo no se equivocó, el Derecho Humano es a elegir pareja y a recibir, como tal, toda la protección del Estado, pero no es, ni puede ser, el Derecho Humano a cambiar el origen del derecho.

 

Disentir se vale.

 

*Licenciado en Derecho por la UNAM. Catedrático de asignatura por oposición, en la misma Facultad de Derecho desde 1997. Autor de diversos textos jurídicos. Abogado postulante. @AlexLawTorres