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Diez Gargari y las tareas de la profesión jurídica

¿Quién ordenó la colocación del arma en el vehículo de Diez Gargari?

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Escrito en OPINIÓN el

La información disponible pinta un escenario terrible: Una operación facciosa de las instituciones locales y federales que buscan desacreditar y neutralizar la práctica profesional de un abogado que en defensa de su cliente promueve acciones legales en las cuales OHL es la contraparte. No se trata de una historia en la que haya acciones de activistas o de organizaciones no gubernamentales cuya bandera sea la anticorrupción, se trata del ejercicio profesional y de las condiciones para ejercerlo.

 

Los hechos subrayan la pertinencia de reflexionar en temas que corren paralelamente. La colegiación obligatoria, las reglas de responsabilidad para los abogados y en la legislación que desarrollará el Sistema Nacional Anticorrupción.

 

La relación entre los temas radica en un problema común: hay fallas en condiciones esenciales del Estado de Derecho: el respeto a las reglas, la objetividad e imparcialidad de la administración pública y de la procuración de justicia. El Estado de Derecho supone ciertas condiciones para tratar los conflictos: que las acciones y las defensas se diriman ante instancias que aplicarán la ley con objetividad y actitudes de imparcialidad y neutralidad frente a las partes. Con tal precondición, las partes y sus abogados actúan estratégicamente, presentan pruebas, las desvirtúan, argumentan y contra argumentan. Aun las capacidades de investigación del ministerio público se guían por la buena fe, la objetividad, las pruebas que las técnicas y las ciencias aportan para el conocimiento de los hechos, de la verdad como pretensión.

 

Cuando son los agentes públicos quienes fabrican o colocan evidencias para incriminar indebidamente a una de las partes para beneficiar a otra, se destruyen las condiciones del Estado de Derecho. La confianza se desvanece como el humo y el ejercicio profesional no es posible como una actividad en la que el abogado despliega sus saberes sobre la ley o la jurisprudencia, de la integración técnica de las pruebas, de las virtudes de la argumentación para racionalizar una posición y persuadir a los decisores. Ante tales circunstancias las reglas para ganar un caso son otras: importan las influencias políticas, los compromisos, el tamaño de la billetera; así, el ejercicio profesional se moverá entre el juego de las reglas escritas pero ineficaces y el de las no escritas pero efectivas. El ejercicio profesional que persevere en aquellas reglas formales y apele a la objetividad institucional parecería ser para héroes o para tontos.

 

La colegiación y las reglas del ejercicio profesional de los abogados son una parte importante de la calidad del Estado de Derecho: Las calificaciones técnicas y las buenas prácticas en la profesión así como las consecuencias cuando no se satisfaga lo primero y se lesione lo segundo son los retos de la regulación pendiente. Las barras de abogados son cuerpos relevantes en la ordenación gremial y en las prácticas y condiciones institucionales. Las barras de abogados, tienen también un contrapeso y una vocería relevante en pugnar porque las instituciones sean ese terreno de neutralidad en el que sus colegiados cumplen sus deberes de litigar ante ellas en igualdad de armas y sin temor a represalias.

 

Las barras de abogados deberán modificar sustancialmente su integración y prácticas. Que haya en ellas ámbitos para la reflexión crítica sobre la profesión jurídica es necesario; que se conviertan en demandantes ante las autoridades de comportamientos institucionales de imparcialidad y objetividad es imprescindible. Las barras deben distanciarse de la autocomplacencia y la integración elitista. La práctica de dar reconocimientos a personas sólo por el hecho de que estas tengan ciertos cargos relevantes en la decisión pública, debe ser motivo de meditación. La fuerza de las barras bebe estar más en ser contrapesos que en buscar cercanía con el poder.

 

En las consecuencias que haya al interior de la PGR hacia quienes hayan ejecutado y ordenado la colocación del arma en el vehículo de Diez Gargari, se juega el tiro de gracia a la credibilidad de esta institución y su función en una de las bases del flamante Sistema Nacional Anticorrupción. La posibilidad de que se activen las acciones de mayor magnitud contra la corrupción reside en la acción penal. Que haya expedientes sólidos y una acción eficaz dependerá de la Fiscalía Anticorrupción. Si en casos límite los comportamientos son como el descrito, la credibilidad de la institución fenecerá antes de haber nacido.

 

Si un denunciante tiene información y pruebas de un acto de corrupción tendrá una invencible desconfianza en acercarse a la Fiscalía. Las medidas legislativas de protección a testigos o denunciantes, parafraseando a Lasalle, no tendrán más valor que el papel del Diario Oficial. Un abogado tendrá enormes dudas en recomendarle a su cliente y en patrocinarlo para que presente el caso. No se trata solamente del valor de su asesoría, sino  en que cada acción que presente implica un riesgo a su seguridad personal.

 

Así las cosas.

 

Mi solidaridad con Rodrigo y Paulo Diez Gargari.  

 

@jrxopa