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¿Qué se prohíbe en la veda electoral?

Encuestas y llamado al voto, son parte de la información que no se pueden difundir en este periodo de tres días previos a las elecciones

Escrito en NACIÓN el

Desde el primer minuto de este jueves se dio inicio a la veda electoral decretada por el INE, la cual concluirá el domingo 7 de junio, día de las elecciones, entre las que destacan nueve gubernaturas y la renovación de la Cámara de Diputados.

Fue el 15 de mayo pasado cuando se especificaron las condiciones y restricciones que deberán cumplir los partidos y sus candidatos, así como los aspirantes independientes.

Te presentamos algunas de las características de la veda electoral:

-          La veda electoral se registra los tres días previos a los comicios, en los que está prohibido celebrar reuniones, actos públicos de campaña, proselitismo electoral y la difusión de spots.

-          Está prohibido que los partidos difundan propaganda política y electoral.

-          Los institutos políticos deben retirar la propaganda electoral localizada en un radio de 50 metros donde se instalarán las casillas.

-          El gobierno federal y estatal no puede difundir su propaganda; tampoco las autoridades municipales, del Distrito Federal, delegaciones o cualquier ente público.

-          No se pueden dar a conocer resultados de encuestas o sondeos de opinión que contengan preferencias electorales.

-          Sólo las autoridades electorales puede difundir información referente a los comicios.

 

Al respecto, el consejero electoral Ciro Murayama tuiteó algunas características sobre la veda electoral:

lrc